El artículo destaca la importancia que tiene para el desarrollo de una Comunidad Autónoma su sistema de financiación, y analiza, de manera sucinta, el sistema tributario de régimen común, el régimen de Convenio Económico de la Comunidad Foral de Navarra y el régimen de Concierto Económico de la Comunidad Autónoma de Euskadi, haciendo especial hincapié en el sistema de financiación de nuestra Comunidad Autónoma.
Tras este análisis descriptivo de los distintos regímenes tributarios vigentes, la autora entiende que la sistemática interposición de recursos por parte de las Comunidades Autónomas limítrofes a la CAE contra las normas forales tributarias dictadas en aplicación del Concierto Económico va mas allá del mero “hecho diferencial”, y analiza la jurisdicción de las normas tributarias emanadas de las Juntas Generales de los Territorios Históricos, así como el concepto equívocamente entendido de “blindaje”, introducido por la Ley Orgánica 1/2010, de 19 de febrero, de odificación de las Leyes Orgánicas del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial.
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