Beint, Becas de Internacionalización. 2019

RESUMEN
Título: 
Beint, Becas de Internacionalización. 2019
Objeto: 
La formación en materia de internacionalización de jóvenes titulados universitarios para que las empresas y otras entidades vascas puedan disponer en el futuro de una base de profesionales que les permita atender con eficacia los retos de la economía abierta.
Dotación presupuestaria: 
3.651.738,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2019 (BOPV N 73/2019)
    RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2019, del Director General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se procede a la aprobación, publicación y convocatoria de las bases reguladoras del programa de ayudas «Beint Becas de Internacionalización»
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
SPRI - Sociedad para la Transformación Competitiva S.A.
Órgano convocante: 
SPRI - Sociedad para la Transformación Competitiva S.A.
Entidad resolutora: 
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial: 
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Contacto telefónico: 
Teléfono: 902 702 142. Fax: 94 403 70 22.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
VolverAlameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Beint, Becas de Internacionalización. 2019
La formación en materia de internacionalización de jóvenes titulados universitarios para que las empresas y otras entidades vascas puedan disponer en el futuro de una base de profesionales que les permita atender con eficacia los retos de la economía abierta.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Personas físicas
a) Vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad superior a los 12 meses inmediatamente anteriores a la apertura de plazo de presentación de solicitudes, o de 5 años continuados a lo largo de los 10 años inmediatamente anteriores. b) Titulación universitaria superior de grado obtenida con anterioridad a la finalización del proceso selectivo de cada convocatoria, es decir, antes de que SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial dicte la resolución de beneficiarios y beneficiarias de la Fase 1. Se admitirán títulos obtenidos en universidades privadas y/o en el extranjero siempre y cuando estén homologados por la autoridad competente. Tendrán preferencia y se valorarán especialmente los grados en la rama de Economía, Dirección y Administración de Empresas, Emprendimiento, Marketing, Derecho Económico, Ingeniería, Arquitectura y Relaciones Internacionales. c) No tener cumplidos 30 años el día 1 de enero del año de la convocatoria. d) Dominio del Inglés, exigiéndose como mínimo un nivel B2 que deberá acreditarse con las correspondientes pruebas oral y escrita. e) No padecer enfermedad ni estar afectado o afectada por limitación física o psíquica que impida el normal desarrollo de la beca o patologías que limiten las actividades de la vida cotidiana en el momento de aceptación de la beca. f) No haber sido beneficiario o beneficiaria de ninguna otra ayuda o beca dirigida a titulados y tituladas universitarias que tenga un objeto formativo similar y que en su itinerario hayan posi¬bilitado realizar prácticas en el exterior de duración superior o igual a 6 meses en empresas u organismos internacionales. En particular, resulta incompatible para el disfrute de estas becas de internacionalización haber sido beneficiario de becas Global Training, becas del ICEX o de otras Administraciones Autonómicas, de las Cámaras de Comercio, de Organismos de Promoción Comercial de la UE y otros organismos análogos. g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. h) No podrán concurrir, a las becas reguladas en las presentes bases, aquellas personas solicitantes que se encuentren sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o si se hayan incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres. i) No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
PRESTACIÓN
Dotación: 
3.651.738,00 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
16/04/2019 - 16/05/2019
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio