Ayudas para el Fomento del uso de Organismos de Control Biológico y feromonas en las plagas y enfermedades de los vegetales. Gipuzkoa 2018

RESUMEN
Título:
Ayudas para el Fomento del uso de Organismos de Control Biológico y feromonas en las plagas y enfermedades de los vegetales. Gipuzkoa 2018
Objeto:
Es objeto de estas bases la regulación de la concesión de subvenciones para la mejora de la sanidad vegetal mediante el fomento de la utilización de otros medios de defensa fitosanitaria (OMDF) en las plagas y enfermedades de los vegetales.
Dotación presupuestaria:
13.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Bases reguladoras y convocatoria 2018 (BOG N 131/2018)
    Orden Foral n.º 0388 LI/2018, de 4 de julio, por la que se aprueba para el año 2018 la convocatoria de subvenciones para el fomento del uso de organismos de control biológico y feromonas en las plagas y enfermedades de los vegetales.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial
Órgano convocante:
Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial
Entidad resolutora:
Diputación Foral Gipuzkoa
Contacto presencial:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián Oficinas Comarcales Agrarias
Contacto telefónico:
Teléfono: 943.112.918 / 943.112.919. Fax: 943.431.299.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián Oficinas Comarcales Agrarias
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Ayudas para el Fomento del uso de Organismos de Control Biológico y feromonas en las plagas y enfermedades de los vegetales. Gipuzkoa 2018
Es objeto de estas bases la regulación de la concesión de subvenciones para la mejora de la sanidad vegetal mediante el fomento de la utilización de otros medios de defensa fitosanitaria (OMDF) en las plagas y enfermedades de los vegetales.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en estas bases las personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa que cumplan los siguientes requisitos:
1.1. Explotaciones cuyo titular es persona física: ¿Haber cumplido 18 años y tener menos de 65 en el momento de presentar la solicitud de ayuda. ¿Deberá poseer la capacidad y competencia profesionales adecuadas, que garanticen el correcto empleo de los medios productivos. Dicha cualificación profesional se ajustará a los siguientes criterios: a) Los agricultores que hayan alcanzado como mínimo títulos de formación profesional de grado medio o superior en la rama agraria se considerará que poseen una cualificación y capacitación profesional suficiente a los efectos de las presentes bases. También aquéllos que justifiquen la asistencia a cursos de formación continua en la rama agraria de una duración mínima de ciento cincuenta (150) horas lectivas. b) En el caso de no cumplir las condiciones establecidas en el apartado a), deberán de acreditar más de dos años de experiencia en la actividad agraria, mediante justificante de los años de inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias como titular, cotitular o ayuda familiar de una explotación agraria. 1.2. Explotaciones cuyo titular es una persona jurídica: ¿1.2.1. Deberán adoptar alguna de las formas jurídicas siguientes: a) Sociedades civiles y entes de Titularidad Compartida (TC), en las que al menos el 50% de sus miembros reúnan los requisitos exigidos por la presente base a titulares que sean personas físicas. b) Cooperativas, sociedades agrarias de transformación, laborales, limitadas, anónimas u otras, siempre que más del 50 por 100 del capital social, pertenezca a socios que reúnan los requisitos exigidos por la presente base a titulares que sean personas físicas. Estas sociedades tendrán por objeto exclusivo el ejercicio de la actividad agraria en las explotaciones de la que sean titulares. 1.2.2. En el documento público de constitución quedarán perfectamente definidas los siguientes aspectos: a) La forma jurídica. b) La duración mínima, que se ajustará al compromiso contraído con la Administración por la concesión de la ayuda. c) La constitución del capital social. d) La participación de los miembros en la gestión.
PRESTACIÓN
Dotación:
13.000,00 euros
Límite:
Cuantía máxima de ayuda por persona/explotación para el año 2018 de 1.500 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • 1. Si se trata de persona titular individual: ¿ Fotocopia del D.N.I. en caso de que no obre en poder del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial. 2. Si se trata de explotación cuya titularidad la ostenta una persona jurídica: ¿ Fotocopia del N.I.F., y fotocopia del D.N.I. del representante legal, en ambos casos, siempre que dicha documentación no obre en poder del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial. ¿ Fotocopia compulsada de la escritura de constitución y de los estatutos. ¿ Certificación del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda y designar representante. ¿ Relación de socios con su aportación al capital social. 3. En todos los casos: ¿ Certificados de que la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. No obstante, la presentación de dicha documentación no será necesaria en caso de que en el impreso de solicitud, la persona interesada haya manifestado expresamente que autoriza al Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial a recabar los referidos datos directamente de los organismos emisores de los mismos. ¿ Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. ¿ Plan de Actuación o prescripción técnica programada por el servicio técnico que asesora la explotación. ¿ Original o copia compulsada de las facturas correspondientes a la adquisición de los enemigos naturales auxiliables (emitidas durante el año 2015 en curso), así como el justificante de pago de dichas facturas. ¿ Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de la cuenta corriente que la persona indique en la solicitud. No obstante, este documento sólo será necesario presentarlo cuando se solicite una ayuda por primera vez o hayan variado las circunstancias de la cuenta. ¿ Documentación acreditativa de la capacidad y competencia profesional a la que se refieren los apartados a) y b) de la base reguladora 2.1.1.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
09/07/2018 - 27/07/2018
Plazo de resolución:
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución que corresponda será de seis meses.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.