Ayudas estinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida. Gipuzkoa, 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas estinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida. Gipuzkoa, 2017
Objeto:
Es objeto de las presentes bases la regulación de la concesión de ayudas para titulares de autorización VT emitida por la Diputación Foral de Gipuzkoa destinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida profesionales del taxi que adscriban a su autorización VT de competencia de la Diputación Foral de Gipuzkoa un vehículo de nueva matriculación adaptado a las condiciones de accesibilidad señaladas en el apartado 4.6.1. del artículo 4 del anejo del Decreto 126/2001, de 10 de julio, del Gobierno Vasco, por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad en el Transporte
Dotación presupuestaria:
72.000,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria del programa de ayudas (BOG N 121/2017)
    Convocatoria del programa de ayudas destinadas a titulares de autorización VT emitida por la Diputación Foral de Gipuzkoa destinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida, año 2017.
Normativa reguladora:
  • Bases reguladoras y convocatoria 2012 (BOG N 243/2011)
    Bases reguladoras y convocatoria 2012 de concesión de ayudas destinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida.
  • Modificación de las bases reguladoras y convocatoria 2014 (BOG N 69/2014)
    Modificación de las bases reguladoras y convocatoria correspondiente al ejercicio 2014 del programa de concesión de ayudas destinadas a la adquisición de vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida.
  • Bases reguladoras y convocatoria 2016 (BOG N 125/2016)
    Bases reguladoras y convocatoria 2016 del programa de ayudas destinadas a titulares de autorización VT emitida por la Diputación Foral de Gipuzkoa destinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio
Órgano convocante:
Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio
Entidad resolutora:
Diputación Foral Gipuzkoa
Contacto presencial:
Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa (plaza Julio Caro Baroja, n.º 2, 20018 de Donostia-San Sebastián)
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa (plaza Julio Caro Baroja, n.º 2, 20018 de Donostia-San Sebastián)
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Ayudas estinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida. Gipuzkoa, 2017
Es objeto de las presentes bases la regulación de la concesión de ayudas para titulares de autorización VT emitida por la Diputación Foral de Gipuzkoa destinadas a la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida profesionales del taxi que adscriban a su autorización VT de competencia de la Diputación Foral de Gipuzkoa un vehículo de nueva matriculación adaptado a las condiciones de accesibilidad señaladas en el apartado 4.6.1. del artículo 4 del anejo del Decreto 126/2001, de 10 de julio, del Gobierno Vasco, por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad en el Transporte
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases, las personas titulares de licencia y autorización VT en vigor, otorgadas en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
a) Adquirir un vehículo turismo matriculado por primera vez en el año de la convocatoria o en el inmediatamente anterior y que esté adaptado a personas con movilidad reducida, en los términos establecidos en la base primera. b) Adscribir el nuevo vehículo a la licencia y autorización VT en vigor. c) Hallarse adherido a una emisora de taxi homologada por la Diputación Foral de Gipuzkoa, o compromiso de hacerlo.
PRESTACIÓN
Dotación:
72.000,00 €
Límite:
Se subvencionará el 80% de los gastos de adaptación del vehículo y, en todo caso, con un límite de 12.000 euros por persona profesional beneficiaria.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Documentación que acredite la personalidad del solicitante (D.N.I. en caso de personas físicas, y en caso de personas jurídicas escritura o documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por los que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda). b) Copia de la licencia municipal y de la autorización VT, ambas en vigor. c) Factura proforma de los gastos de adaptación del nuevo vehículo o si la inversión en adaptación se incluye en la factura de adquisición del nuevo vehículo, factura proforma de esta adquisición donde figure diferenciado el importe de la adaptación. d) Certificado de adscripción a emisora homologada o, en otro caso, compromiso de adhesión. e) Declaración expresa y responsable de no estar incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria a la que se hace referencia en el apartado 3 de la base quinta. f) Declaración expresa y responsable de que el vehículo permanecerá adscrito al servicio público durante, al menos, 5 años. g) Declaración expresa y responsable sobre otras ayudas recibidas. h) Declaración expresa y responsable de que dará prioridad en la prestación del servicio a personas con movilidad reducida. i) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Dichos certificados podrán sustituirse por la autorización expresa al órgano gestor para que recabe directamente los referidos datos de las administraciones competentes para emitirlos.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
27/06/2017 - 11/07/2017
Plazo de resolución:
El plazo máximo que se establece para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de las ayudas es de dos meses computados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa de la correspondiente convocatoria.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.