Programa de Chequeos Tecnológicos. Bizkaia 2018

RESUMEN
Título:
Programa de Chequeos Tecnológicos. Bizkaia 2018
Objeto:
Mediante las ayudas previstas en este Programa se pretende fomentar que las empresas den los primeros pasos en innovación con la ayuda de un Agente Tecnológico externo. Se trata de dar solución a un problema concreto, en un producto o en un proceso productivo, o, al menos, planificar dicha solución planteando un proyecto de innovación.
Dotación presupuestaria:
319.000,00 euros,
Normativa de la convocatoria:
  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 50/2018, de 10 de abril (BOB N 70/2018)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 50/2018, de 10 de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras y primera convocatoria del Programa de Chequeos Tecnológicos 2018.
  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 61/2018 (BOB N 95/2018)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 61/2018, de 8 de mayo, de corrección de errores detectados en el Decreto Foral 50/2018, de 10 de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras y primera convocatoria del Programa de Chequeos Tecnológicos 2018
  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 142/2018 (BOB N 221/2018)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 142/2018, de 6 de noviembre, por el que se procede a la modificación Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 50/2018, de 10 de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras y primera convocatoria del Programa de Chequeos Tecnológicos 2018.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Órgano convocante:
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Entidad resolutora:
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial:
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Contacto telefónico:
Teléfono: 944 068 000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Volver C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Programa de Chequeos Tecnológicos. Bizkaia 2018
Mediante las ayudas previstas en este Programa se pretende fomentar que las empresas den los primeros pasos en innovación con la ayuda de un Agente Tecnológico externo. Se trata de dar solución a un problema concreto, en un producto o en un proceso productivo, o, al menos, planificar dicha solución planteando un proyecto de innovación.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a las subvenciones las empresas con personalidad jurídica propia que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. b) Tener al menos un centro productivo, o de alto valor añadido, en el Territorio Histórico de Bizkaia. c) Tener una plantilla entre 5 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa. Se considerará perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. No se considerará perteneciente a la plantilla al personal contratado para trabajar en plantas en el extranjero. d) No superar los dos límites siguientes, según último impuesto de sociedades presentado: ¿ 20.000.000 euros de volumen anual de negocio. ¿ 20.000.000 euros de balance general. Los requisitos a), b) y el c) en lo referido al límite inferior de personas, deberán acreditarse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse hasta el momento de la resolución y el pago. El requisito c) en lo referido al límite superior de personas y el d) deberán acreditarse en el momento de presentación de la solicitud. e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. f) No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente, por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo previsto en la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. g) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones.
PRESTACIÓN
Dotación:
319.000,00 euros,
Límite:
La cuantía de la ayuda será equivalente al 80% de los gastos subvencionables del chequeo tecnológico, con un límite de subvención de 10.000 euros por empresa. No se concederán ayudas inferiores a 1.000 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Solicitud telemática acorde con lo que se especifica en el artículo 19. b) Copia de contratos, ofertas, facturas proforma y/o facturas definitivas que permitan verificar el importe del gasto previsto. c) En caso de gastos ya facturados y abonados, facturas y justificantes bancarios de pago de las mismas (no se admitirán pagos al contado). d) En caso de Chequeos ya realizados con anterioridad a la solicitud «Informe de Resultados», según modelo disponible en la web. e) Ficha de la parte acreedora, en el caso de que no consten los datos de domiciliación bancaria en la Diputación Foral de Bizkaia, o si se desea modificarlos. La ficha de parte acreedora no se tendrá en cuenta para determinar la fecha en que la documentación se considera completa a efectos de emitir resolución del expediente.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
16/04/2018 - 28/09/2018
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución y su notificación será de seis meses desde la entrada de la solicitud debidamente cumplimentada según lo establecido en el presente Decreto Foral.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.