Ayudas a la utilización de los servicios de asesoramiento por los agricultores. Álava 2016

RESUMEN
Título:
Ayudas a la utilización de los servicios de asesoramiento por los agricultores. Álava 2016
Objeto:
Con el objeto de mejorar el rendimiento económico y ambiental global de las explotaciones, se concederán ayudas las personas titulares o cotitulares de explotaciones agrarias que voluntariamente utilicen servicios de asesoramiento,
Dotación presupuestaria:
60.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Decreto Foral 64/2016 (BOTHA N 109/2016)
    Decreto Foral 64/2016, del Consejo de Diputados de 20 de septiembre, que modifica las bases reguladoras de las ayudas a la utilización de los servicios de asesoramiento por los agricultores y agricultoras, aprobadas por Decreto Foral 35/2014, de 25 de junio, y convoca dichas ayudas para 2016
Normativa reguladora:
  • Decreto Foral 35/2014, del Consejo de Diputados de 25 de junio (BOTHA N 75/2014)
    Decreto Foral 35/2014, del Consejo de Diputados de 25 de junio, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a la utilización de los servicios de asesoramiento por los agricultores, deroga parcialmente el Decreto Foral 21/2012, de 20 de marzo y aprueba la convocatoria para 2014
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Agricultura
Órgano convocante:
Departamento de Agricultura
Entidad resolutora:
Diputación Foral Araba
Contacto presencial:
Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz. Oficina Comarcal Agraria
Contacto telefónico:
Teléfono 945 181818. Fax: 945 181754.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz. Oficina Comarcal Agraria
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Ayudas a la utilización de los servicios de asesoramiento por los agricultores. Álava 2016
Con el objeto de mejorar el rendimiento económico y ambiental global de las explotaciones, se concederán ayudas las personas titulares o cotitulares de explotaciones agrarias que voluntariamente utilicen servicios de asesoramiento,
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Serán beneficiarias de estas ayudas persona físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos
2.a. Con carácter general: 2.a.1. Ser titular o cotitular de una explotación agraria inscrita el Registro de Explotaciones Agrarias de Álava. 2.a.2. Tener el domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Álava. 2.a.3. Estar afiliado al régimen de la seguridad social que corresponda en función de la actividad agraria. 2.a.4. Estar al corriente en el pago de las obligaciones frente a la Seguridad Social. 2.a.5. Estar la corriente en el pago de las obligaciones tributarias. En caso de Sociedad Civil, Comunidad de Bienes, deberá acreditarse esta situación tanto de la Sociedad Civil como de los socios o comuneros. A estos efectos se aplicará lo dispuesto en le decreto Foral 18/1997, de 11 de febrero, modificado parcialmente por Decreto Foral 58/2004, de 5 de octubre, sobre procedimiento de acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias por los beneficiarios de subvenciones y el régimen de excepciones a la obligación de tal acreditación. 2.a.6. No encontrarse incurso o incursa en un procedimiento de reintegro o sancionador y cumplir o haber cumplido los compromisos de cualquier ayuda agraria recibida. 2.a.7. No estar la persona solicitantes sancionada administrativa ni penalmente por haber incurrido en discriminación por razón de sexo en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para igualdad de mujeres y hombres. A los efectos de las presentes Bases reguladoras, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2003, de 7 de mayo, las parejas de hecho se entenderán equiparadas al matrimonio. 2.b. Las personas físicas deberán cumplir además lo siguiente: 2.b.1. Tener en el momento de presentar la solicitud de ayuda una edad comprendida entre los 18 y los 65 años, sin perjuicio de que se pueda equiparar a la mayoría de edad la emancipación por concesión de la patria potestad. 2.b.2. Ejercer directamente la actividad agraria y ser agricultora o agricultor profesional. 2.c Las personas jurídicas o explotaciones asociadas, además de lo señalado con carácter general, deberán cumplir los siguientes requisitos: 2.c.1. Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Álava. A estos efectos se entenderá cumplido este requisito cuando tanto el domicilio fiscal y social de la persona jurídica o entidad como el de al menos el 50 por ciento de los socios y socias que a su vez posean una participación de al menos el 50 por ciento del capital social esté situado en Álava. Cuando este requisito así como el de la edad establecida en el apartado 2.b.1, no se cumpla por la totalidad de las y los socios, la ayuda a conceder se reducirá en una proporción igual a la participación de los que no cumplan este requisito 2.c.2. Acreditar que al menos el 50 por ciento de las y los socios sean agricultores profesionales y que al menos el 50 por ciento del capital social pertenezca a éstos. Se requerirá que las participaciones o acciones sean nominativas y que la sociedad tenga por objeto en sus Estatutos, el ejercicio de la actividad agraria.
PRESTACIÓN
Dotación:
60.000,00 euros
Límite:
La ayuda tendrá la forma de subvención a fondo perdido cuyo importe no podrá ser superior al 80 por ciento del coste anual facturado y pagado por el servicio de asesoramiento, ni superar los 1.500,00 euros por servicio de asesoramiento y explotación en tres años consecutivos con un máximo de 500,00 euros anuales.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • • Fotocopia de DNI o CIF. • Copia de Escritura Pública de Constitución, en su caso. • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, pudiéndose delegar expresamente para que el Departamento de Agricultura solicite a los servicios correspondientes esta documentación. • Factura (original o copia compulsada) en la que se detalle de forma desglosada el tipo de asesoramiento percibido. • Acreditación del pago del importe de la factura en la forma establecida en el artículo anterior. • Indicación en su caso de la existencia de compromiso agroambiental en la explotación o de participación en programa de calidad de alimentos. • Compromiso de la Entidad Asesora de la prestación del servicio de Asesoramiento al solicitante durante un período mínimo de tres años consecutivos.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
29/09/2016 - 28/10/2016
Plazo de resolución:
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.