Programa municipal Vitoria-Gasteiz Ciudad Laboratorio. 2017

RESUMEN
Título:
Programa municipal Vitoria-Gasteiz Ciudad Laboratorio. 2017
Objeto:
El objeto de las presentes bases es regular las condiciones que regirán la participación de las empresas que quieran probar sus desarrollos tecnológicos en entornos reales en el término municipal de Vitoria-Gasteiz, a través del programa “Vitoria-Gasteiz Ciudad Laboratorio”.
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2017 (BOTHA N 24/2017)
    Convocatoria 2017 del programa municipal Vitoria-Gasteiz Ciudad Laboratorio
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Órgano convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Entidad resolutora:
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial:
Oficina de Atención Ciudadana C/ Teodoro Dublang nº 25
Contacto telefónico:
Teléfono: 945161616.Fax 9451611600.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Oficina de Atención Ciudadana C/ Teodoro Dublang nº 25
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Programa municipal Vitoria-Gasteiz Ciudad Laboratorio. 2017
El objeto de las presentes bases es regular las condiciones que regirán la participación de las empresas que quieran probar sus desarrollos tecnológicos en entornos reales en el término municipal de Vitoria-Gasteiz, a través del programa “Vitoria-Gasteiz Ciudad Laboratorio”.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Empresas
1. Tener la consideración de empresa, según la definición recogida en el artículo 1 del anexo de la recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003: “Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular”. 2. Desarrollar una actividad legal, lícita, ética. 3. Tener un desarrollo tecnológico propio, cuyo comportamiento en un entono real se quiera probar mediante un proyecto demostrativo. 4. Que los servicios o productos que se quieran incluir en Ciudad Laboratorio sean de interés público o social, así como que tengan nulo impacto ambiental o, preferiblemente, contribuyan a la mejora ambiental. 5. No haber sido condenada mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del Medio Ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. 6. No haber sido sancionada con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina de mercado, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, así como por la infracción grave prevista en el artículo 22.2 del mismo, o por infracción muy grave en materia ambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos; en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos; en el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. 7. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
PRESTACIÓN
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Formulario
Documentación:
  • — Hoja de solicitud y declaración jurada (anexo I), y la documentación que en ella se recoge: — Memoria, en la que figuren la descripción del proyecto demostrativo, se justifique su carácter de de interés público, y se recojan las medidas implanta-das para minimizar el posible impacto del mismo en el medio ambiente, las personas o sus bienes. Aquí se incluirá información sobre medidas de protección contra incendios, si fueran necesarias. — Copia del CIF de la empresa, copia de DNI de la persona que presenta la solicitud y, en el caso de que ésta no fuera la titular, acreditación de la representación con la que se actúa. — TC2, para identificar a efectos de la gestión de la Seguridad Social la modalidad del contrato de trabajo. — Documentación gráfica (planos, fotografías, etc.) explicativa del proyecto. — Cualquier otra documentación que la empresa estime que puede resultar de ayuda para valorar el proyecto. En el caso de resultar aprobado el proyecto, se solicitará a la empresa la certificación de la compañía aseguradora o correduría de seguros con el contenido mínimo y capital mínimo asegurado, establecido en el Decreto 389/1998, de 22 de diciembre, por el que se regulan los seguros de responsabilidad civil exigibles para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
28/02/2017 - 15/12/2017
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.