Ayudas a la implantación y modernización de pequeñas empresas de hostelería de Vitoria-Gasteiz. 2016

RESUMEN
Título:
Ayudas a la implantación y modernización de pequeñas empresas de hostelería de Vitoria-Gasteiz. 2016
Objeto:
Es objeto de las presentes bases la regulación de las condiciones que regirán la concesión de las ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar la implantación, la reforma, la modernización y la innovación de las pequeñas empresas del ámbito de la hostelería ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
Dotación presupuestaria:
96.627,83 €
Normativa de la convocatoria:
  • Resolución del 5 de abril de 2016 (BOTHA N 47/2016)
    Resolución del 5 de abril de 2016 por la que se da publicidad a la aprobación de las bases reguladoras del programa municipal de ayudas económicas para el apoyo a la implantación y modernización de las pequeñas empresas de hostelería del término municipal de Vitoria-Gasteiz, así como la convocatoria pública de las mismas para el año 2016
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Órgano convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Entidad resolutora:
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial:
Oficinas de Atención ciudadana
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Oficinas de Atención ciudadana
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Ayudas a la implantación y modernización de pequeñas empresas de hostelería de Vitoria-Gasteiz. 2016
Es objeto de las presentes bases la regulación de las condiciones que regirán la concesión de las ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar la implantación, la reforma, la modernización y la innovación de las pequeñas empresas del ámbito de la hostelería ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Las personas, físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que cumplan las siguientes condiciones:
1. Que su plantilla no supere las 50 personas empleadas. 2. Que su volumen de negocios o su balance general anual no supere los 10 millones de euros. 3. Que no se halle vinculada o participada en más de un 25 por ciento por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos. 4. La actividad principal de la empresa deberá estar encuadrada en alguno de los siguientes grupos y/o epígrafes empresariales del IAE: 671, 672 y 673: Servicio de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares 676: Servicio de alimentación en chocolaterías, heladerías y horchaterías 5. No obstante lo especificado en el punto anterior, no se subvencionará a las empresas cuya única actividad económica sea la hostelería de noche durante los fines de semana, excepto cuando la realización de inversiones tenga como objetivo la reconversión de la actividad de hostelería de noche hacia una hostelería de día. Este requisito podrá ser comprobado de oficio por el Ayuntamiento a través de las inspecciones pertinentes a los establecimientos. 6. En caso de que la empresa esté dada de alta en dos o más epígrafes de IAE, será considerada beneficiaria siempre que la actividad principal esté incluida dentro de los grupos y/o epígrafes subvencionables y las actuaciones realizadas correspondan a esta actividad. Se determinará cuál es la actividad principal atendiendo a la superficie útil destinada a la misma. 7. El local de negocio deberá estar situado dentro de los límites del término municipal de Vitoria-Gasteiz, incluidas sus entidades menores. A efectos de determinar la ubicación de un negocio en el anexo II, se entenderá que un local está situado dentro de los límites de dicho anexo siempre que lo esté el acceso al establecimiento o la mayor parte de su superficie de escaparate. 8. El local deberá estar situado a nivel de rasante del suelo, también se podrán considerar incluidos los establecimientos integrados en mercados de abastos o centros y galerías comerciales privadas. No serán objeto de financiación los establecimientos ubicados en las estaciones de servicio (gasolineras) 9. Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones Públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. 10. Las empresas solicitantes habrán de cumplir estrictamente la normativa vigente, tanto de carácter urbanístico y arquitectónico, como en materia de salubridad e higiene.
PRESTACIÓN
Dotación:
96.627,83 €
Límite:
En ningún caso el importe de la subvención concedida podrá superar los 12.000,00 euros.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Formulario
Documentación:
  • — Impreso de solicitud y declaración jurada: anexo I. — En caso de persona física: fotocopia del DNI. — En caso de persona jurídica: fotocopia de — CIF — Escrituras de constitución de la empresa. — Poderes de representación. — DNI de la persona con poderes de representación. — Certificado actualizado de que la empresa está al corriente de pagos con la Seguridad Social — Certificado actualizado de que la empresa está al corriente de pagos con Hacienda Foral — En caso de no tener personal asalariado personal: recibo de pago de autónomos del último mes. — En caso de tener personal asalariado: TC2 del último mes — En caso de pertenencia a una asociación profesional: certificado expedido por dicha asociación de que la empresa solicitante es socia y que no tiene deudas pendientes con la asociación. En el certificado deberá constar el CIF de la asociación profesional. — Memoria descriptiva que incluya al menos la siguiente información: — Descripción de la empresa. — Características del local comercial (ubicación, distribución…etc.). — Descripción de las inversiones y/o reformas efectuadas en el local (se valorará la inclusión de fotografías de la imagen anterior y posterior a la reforma efectuada). — Fotocopia del título de propiedad o del contrato de arrendamiento del establecimiento. En caso de no aparecer indicado de forma explícita en el contrato de arrendamiento del local, autorización de la persona arrendadora a efectuar obras de rehabilitación. — En caso de disponer del mismo, fotocopia del proyecto técnico contratado en el que se refleje la distribución de superficies del local. — Fotocopias y facturas originales. — Justificantes bancarios de pago: únicamente se admitirán justificaciones de pagos en efectivo en el caso del pago de factura o conjunto de facturas de un mismo proveedor cuyo importe total sea inferior a 1.000,00 euros y no se indique en la-s factura-s otra forma de pago. No se admitirán justificantes bancarios de pago que no recojan los datos mínimos para poder identificar claramente que el pago de la factura ha sido realizado por la empresa solicitante a la proveedora. Tampoco se admitirán como justificantes los obtenidos a través de Internet si no están validados por la entidad bancaria. Se comprobará de oficio si la persona/empresa solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y si está en posesión de los permisos de obra preceptivos.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
23/05/2016 - 24/06/2016
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.