Ayudas económicas a la contratación laboral de Vitoria-Gasteiz. 2018

RESUMEN
Título:
Ayudas económicas a la contratación laboral de Vitoria-Gasteiz. 2018
Objeto:
El objeto de las presentes bases es regular las condiciones que regirán la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar y facilitar la contratación en el mercado ordinario, tanto a tiempo completo como parcial y en especial, de aquellas personas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, en el municipio de Vitoria-Gasteiz de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide.
Dotación presupuestaria:
1.050.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria pública y bases reguladoras 2018 (BOTHA N 129/2018)
    Convocatoria pública y bases reguladoras del programa municipal de ayudas económicas a la contratación laboral de Vitoria-Gasteiz, enmarcadas en la convocatoria de ayudas de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo, para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio 2018
  • Convocatoria 2018 (BOTHA N 129/2018)
    Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de 26 de octubre de 2018, por la que se aprueba la convocatoria del VI Programa municipal de fomento de la contratación laboral en Vitoria-Gasteiz, mediante la concesión de subvenciones, enmarcadas en la convocatoria de ayudas de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo 2018 para acciones locales de promoción de empleo (Expediente 2018/SUBAYU0010)
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Órgano convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Entidad resolutora:
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial:
Oficinas de atención a la ciudadanía Oficinas de San Martín Pintor Teodoro Dublang, 25 bajo, C.P. 01008
Contacto telefónico:
Teléfono: 945 16 16 16
TRAMITACIONES
Volver Oficinas de atención a la ciudadanía Oficinas de San Martín Pintor Teodoro Dublang, 25 bajo, C.P. 01008
Ayudas económicas a la contratación laboral de Vitoria-Gasteiz. 2018
El objeto de las presentes bases es regular las condiciones que regirán la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar y facilitar la contratación en el mercado ordinario, tanto a tiempo completo como parcial y en especial, de aquellas personas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, en el municipio de Vitoria-Gasteiz de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser susceptibles de recibir las subvenciones contempladas en el presente programa, las empresas o entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos:
1. Desarrollar directamente actividades subvencionables en un centro de trabajo sito en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. 2. Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales, así como ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Esta exigencia deberá concurrir en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse vigente durante todo el proceso subvencionatorio (concesión, reconocimiento de la obligación y pago). 3. No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. 4. No haber obtenido otras subvenciones por la contratación de la misma persona en la convocatoria del programa municipal de ayudas económicas a la contratación laboral en empresas de Vitoria-Gasteiz de 2017. 5. Mantener el cumplimiento de estas condiciones durante todo el tiempo en que las empresas beneficiarias se encuentren participando en el programa de ayudas que regulan las presentes bases.
PRESTACIÓN
Dotación:
1.050.000,00 euros
Límite:
Ayuda máxima de 6.000,00 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. En el caso de contrataciones a tiempo parcial, la subvención (el límite máximo de ayuda) será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75 por ciento de los costes salariales, incluidas las indemnizaciones de fin de contrato y de Seguridad Social de la empresa, de las personas contratadas. En el supuesto de contrataciones de personas pertenecientes a los colectivos de: - Personas perceptoras titulares de la RGI. - Personas menores de 35 años. - Personas desempleadas de larga duración. Se entenderá por tal aquellas personas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo durante los 540 días anteriores a la contratación, siempre que en ese periodo hayan estado en - Personas mayores de 55 años. El importe máximo de la ayuda será de 9.000,00 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. En el caso de contratación a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. En este caso, la cuantía final de la ayuda no podrá ser superior al 100 por ciento de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Solicitud con todas las casillas debidamente cumplimentadas y declaración jurada de acuerdo a los modelos establecidos en los anexos I y II de las presentes bases, que habrán de cumplimentarse obligatoriamente en todos sus apartados. Copia del contrato de trabajo firmado por las partes, junto con el justificante de la comunicación telemática a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de dicha contratación. Documentación justificativa a entregar, previo requerimiento, una vez valoradas las solicitudes y finalizado el periodo subvencionable. En aplicación de la instrucción para la contratación socialmente responsable y sostenible del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz aprobada por la Junta de Gobierno de fecha 16 de octubre de 2015 se recomienda que la presentación de la documentación justificativa se haga en papel reciclado 100 por cien (mínimo 65 por cien post-consumo), a doble cara y en blanco y negro (el color sólo se utilizará en caso de necesidad); la encuadernación será la mínima posible y sin portadas plásticas para facilitar su reciclaje. Documentación acreditativa e identificativa de la entidad solicitante: 1. NIF o NIE (en caso de personas autónomas) o CIF de la empresa. 2. Escritura de constitución, estatutos de la empresa y acreditación de los poderes de la persona representante legal. 3. Fotocopia del DNI del/la representante legal. 4. Certificado actualizado de estar al corriente de pagos en la Hacienda Foral y en la Seguridad Social (la certificación de estar al corriente de pagos en el ayuntamiento se hará de oficio). 5. Certificado expedido por Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla media durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la contratación (referida al mismo código de cuenta de cotización al que se adscribirá la persona contratada). 6. Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de la plantilla media durante el periodo de contratación subvencionado (en el mismo código de cuenta de cotización anterior). 7. Recibos de liquidación de cotizaciones y sus justificantes de pago y relaciones nominales de trabajadores durante el periodo de contratación subvencionado. 8. Memoria final de la contratación en la que se señale el coste salarial total diferenciando el total devengado, la indemnización si procede, y el coste de Seguridad Social de la empresa durante el periodo subvencionado. Documentación acreditativa de la persona contratada: 1. DNI o NIE de la persona contratada. 2. Certificado histórico de padrón. 3. Informe de vida laboral de la persona contratada (con fecha posterior a la contratación). 4. Certificado de periodos de inscripción de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de los últimos 18 meses previos a la fecha de inicio del contrato. 5. Documentación que acredite la condición de pertenecer a alguno de los colectivos específicos, si fuera el caso. Documentación acreditativa del contrato: 1. Nóminas debidamente firmadas y justificantes de su pago durante el período subvencionado.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
10/11/2018 - 17/12/2018
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.