Ayudas a la creación de pequeñas empresas de comercio, hostelería y servicios personales. Lasarte-Oria 2017

Kale Nagusia, 22, 20160 Lasarte
Ayudas a la creación de pequeñas empresas de comercio, hostelería y servicios personales. Lasarte-Oria 2017
. Que el alta inicial en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el régimen correspondiente de la Seguridad Social se haya producido entre el 1 de enero de 2017 y el día de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa de estas bases. 2. Que no haya estado matriculada en el Impuesto de Actividades Económicas en la misma o similar actividad, en los seis meses anteriores a la creación de la empresa por la que solicitan ayuda. 3. Tener el domicilio social y fiscal en un centro de trabajo en Lasarte-Oria. 4. Que dispongan de un establecimiento en Lasarte-Oria con acceso público en zona autorizada, en el que desarrollen la actividad descrita en la memoria que han de presentar. 5. Cumplir con al requisito de microempresa de ocupar, como máximo, a 10 personas. 6. No hallarse vinculadas o participadas en más de un 25 por ciento por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
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Formulario
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  • a) Impreso de solicitud específico: Anexo I. b) Memoria del proyecto c) En caso de persona física: fotocopia del DNI. d) En caso de persona jurídica: fotocopia de CIF, escrituras de constitución de la empresa, poderes de representación, DNI de la persona con poderes de representación. e) Autorización para solicitar, en su nombre, un Certificado actualizado de que la empresa está al corriente de pagos con la Seguridad Social. f) Autorización para solicitar, en su nombre, Certificado actualizado de que la empresa está al corriente de pagos con Hacienda Foral. g) En caso de no tener personal asalariado: recibo de autónomos del último mes. h) En caso de tener personas asalariadas: copia del contrato correspondiente a cada persona contratada y justificante de su alta en Seguridad Social. Si la persona, que se incorpora laboralmente, tiene una discapacidad de la menos el 33%, o es mujer, o su edad es de 55 o más años, o son personas demandantes de primer empleo, la discapacidad se demostrará con el pertinente certificado oficial, la edad con la copia del DNI y la situación de demandante de primer empleo con certificación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o de la Seguridad Social. i) Relación detallada de gastos corrientes abonados de los que disponga factura justificante y justificante de pago. Se tendrán en consideración los pagos realizados de forma previa al alta en el Impuesto de Actividades Económicas, siempre que estén directamente relacionados con el inicio de la actividad y los efectuados en los 9 primeros meses de actividad desde el momento del alta. Esta relación es indispensable y se presentará debidamente fechada y firmada, en formato de tabla, incluyendo en las respectivas columnas los siguientes datos: 1. Concepto de la factura o del justificante de gasto. 2. Código asignado a la factura o del justificante de gasto. 3. En las facturas, número de factura. 4. Fecha de expedición de la factura. 5. Indicación del proveedor o de la persona perceptora. 6. Importe pagado (con IVA). 7. Fecha de pago. Al presentar la solicitud de subvención no es necesaria la aportación de los justificantes, de los que se pedirá durante la instrucción del expediente un muestreo aleatorio. Se facilitará a los solicitantes, si así lo requieren, una plantilla modelo, en soporte excell, que podrán emplear para editar la relación que deben aportar. j) Plan de Viabilidad, acorde con el esquema utilizado por el servicio comarcal de emprendizaje Burun tzal dea-Beterri. Para hacer este plan de viabilidad la persona emprendedora dispondrá de la atención garantizada del servicio de emprendizaje Buruntzaldea-Beterri. k) Declaración jurada (Anexo III) respecto a: 1. la existencia o no de parentesco con el anterior titular en los traslados de una actividad previa. 2. el cumplimiento de la condición de ser una microempresa. 3. no hallarse vinculadas o participadas en más de un 25 por ciento por otras empresas que no reúnan alguno de los requisitos descritos en el artículo 2.
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19/09/2017 - 31/12/2017
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