Subvenciones para contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en Eibar. 2018

RESUMEN
Título:
Subvenciones para contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en Eibar. 2018
Objeto:
De acuerdo con lo establecido en el articulo 23.2 de la LGS y en las Bases que regulan la subvención y se incluyen en esta convocatoria, este Ayuntamiento procede a realizar la convocatoria para la concesión de subvenciones para proporcionar apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas de Eibar en el mercado ordinario por parte de las empresas locales.
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2018 (BOG N 213/2018)
    Convocatoria de subvenciones para la contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en Éibar.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ayuntamiento de Eibar
Órgano convocante:
Ayuntamiento de Eibar
Entidad resolutora:
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial:
Plaza Untzaga, s/n Las solicitudes se entregaran en PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía (planta baja del Ayuntamiento, plaza Untzaga).
Contacto telefónico:
943 70 84 00
TRAMITACIONES
Volver Plaza Untzaga, s/n Las solicitudes se entregaran en PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía (planta baja del Ayuntamiento, plaza Untzaga).
Subvenciones para contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en Eibar. 2018
De acuerdo con lo establecido en el articulo 23.2 de la LGS y en las Bases que regulan la subvención y se incluyen en esta convocatoria, este Ayuntamiento procede a realizar la convocatoria para la concesión de subvenciones para proporcionar apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas de Eibar en el mercado ordinario por parte de las empresas locales.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes con centro de trabajo en Eibar que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el articulo 13.2 de la LGS y que, además, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Requisitos a cumplir en la contratación: Los contratos a subvencionar serán los celebrados entre 1 de enero y 30 de noviembre de 2018. La duración mínima de los contratos será de 3 meses pudiendo formalizarse mediante cualquier modalidad de contratación, con excepción del contrato para la formación y el aprendizaje. A efectos de computar la duración del contrato, se tendrán en cuenta las prórrogas del mismo, siempre y cuando el contrato inicial sea como mínimo de 6 meses. Los contratos deberán de realizarse de acuerdo con el convenio del sector correspondiente. Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. No se subvencionarán más de 4 contratos por cada beneficiario/a.
PRESTACIÓN
Límite:
Se financiarán los siguientes contratos: 4 contratos de 3 meses al 50 % de la jornada. 8 contratos de 3 meses al 100 % de la jornada. 24 contratos de 6 meses o superior al 100 % de la jornada. 2 contratos de 6 meses o superior al 100 % de la jornada de colectivos especiales. 1 contrato de 6 meses o superior al 100 % de la jornada de colectivos especiales. En los tres primeros casos, el importe de la subvención será máximo del 75 % de los costes salariales y Seguridad Social, con los siguientes topes: a) 6.000 euros por contratos de seis meses a jornada completa. b) 3.000 euros por contratos de tres meses a jornada completa. c) En los contratos a tiempo parcial, éstos deberán ser al menos al 50 % y el importe de la subvención será proporcional al porcentaje de la jornada. El importe de la subvención podrá alcanzar en 100 % de los costes salariales y Seguridad Social en el caso de contratación de personas de colectivos especiales.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Impresos
Documentación:
  • a) Solicitud de subvenciones según modelo disponible en PEGORA y en la web municipal (www.eibar.eus). b) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica de el/la solicitante: ¿ Las personas físicas, fotocopia del DNI o documento equivalente. ¿ Las personas jurídicas: fotocopia de la escritura o documento en que conste la constitución de la entidad y fotocopia de los Estatutos, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda. ¿ Las comunidades de bienes fotocopia del documento de constitución de la Comunidad. c) En caso de representación legal, fotocopia del DNI o documento equivalente de el/la representante y acreditación documental de la misma. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho. d) Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de el/la solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante (será válido, cualquiera de los siguientes documentos: copia del extracto bancario; copia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o sello estampado por la entidad bancaria en el apartado «Número cuenta» del impreso de solicitud de subvención). e) Certificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social emitidas por la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda competente.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
06/11/2018 - 07/01/2019
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de seis meses desde la fecha de publicación de estas bases en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.