Ayudas a proyectos con participación española. Novena convocatoria del Programa Eurostars-2 (actuación Interempresas Internacional). 2018

RESUMEN
Título:
Ayudas a proyectos con participación española. Novena convocatoria del Programa Eurostars-2 (actuación Interempresas Internacional). 2018
Objeto:
1) Promover actividades de investigación que cumplan las siguientes condiciones: a) las actividades se llevan a cabo mediante la colaboración transnacional de PYME que realicen actividades de investigación y desarrollo entre sí o que incluyan a otros agentes de la cadena de la innovación (por ejemplo, universidades, organizaciones de investigación) b) se espera que los resultados de una actividad se introduzcan en el mercado en los dos años siguientes a su finalización. 2) Incrementar la accesibilidad, eficiencia y eficacia de la financiación pública de las PYME en Europa mediante la coordinación, armonización y sincronización de los mecanismos de financiación nacionales de los Estados participantes. 3) Fomentar e incrementar la participación de PYME sin experiencia previa en el ámbito de la investigación transnacional.
Dotación presupuestaria:
7.564.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Extracto de la Resolución de 19 de junio de 2018 (BOE N 156/2018)
    Extracto de la Resolución de 19 de junio de 2018 del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E. por la que se regula la concesión directa de ayudas a los proyectos con participación española seleccionados en la novena convocatoria del Programa Eurostars-2 (actuación Interempresas Internacional).
ORGANISMOS
Entidad convocante:
CDTI - Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
Órgano convocante:
CDTI - Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
Entidad resolutora:
Organismos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
CDTI C/Cid nº 4. 28001 Madrid https://sede.cdti.gob.es).
Contacto telefónico:
Teléfonos: 91 581 55 00, 91 209 55 00. Fax: 91 581 55 94
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
CDTI C/Cid nº 4. 28001 Madrid https://sede.cdti.gob.es).
Volver CDTI C/Cid nº 4. 28001 Madrid https://sede.cdti.gob.es).
Ayudas a proyectos con participación española. Novena convocatoria del Programa Eurostars-2 (actuación Interempresas Internacional). 2018
1) Promover actividades de investigación que cumplan las siguientes condiciones: a) las actividades se llevan a cabo mediante la colaboración transnacional de PYME que realicen actividades de investigación y desarrollo entre sí o que incluyan a otros agentes de la cadena de la innovación (por ejemplo, universidades, organizaciones de investigación) b) se espera que los resultados de una actividad se introduzcan en el mercado en los dos años siguientes a su finalización. 2) Incrementar la accesibilidad, eficiencia y eficacia de la financiación pública de las PYME en Europa mediante la coordinación, armonización y sincronización de los mecanismos de financiación nacionales de los Estados participantes. 3) Fomentar e incrementar la participación de PYME sin experiencia previa en el ámbito de la investigación transnacional.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente resolución exclusivamente las empresas que desarrollen los proyectos de investigación y desarrollo aprobados por la Secretaría de Eureka en novena convocatoria del Programa Eurostars-2, siempre y cuando la Secretaría les haya comunicado expresamente que cuentan con financiación nacional asegurada mediante subvención.
PRESTACIÓN
Dotación:
7.564.000,00 euros
Límite:
La intensidad máxima de ayuda para todos los proyectos será del 25% respecto de los costes subvencionables del proyecto. Esta intensidad podrá aumentarse de la siguiente forma: a) en 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas; b) en 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones: i) Que el proyecto implique una colaboración efectiva: – entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, o se desarrolle en al menos dos Estados Miembros de la Unión Europea, o en un Estado Miembro y en una Parte Contratante en el Acuerdo del Espacio Económico Europeo, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables, o – entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación. ii) Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta. implique una colaboración efectiva ii.- Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Memoria del proyecto, con el contenido mínimo del modelo disponible en la sede electrónica del CDTI. Deberá describirse detalladamente la participación de los socios españoles en el proyecto Eurostars-2 aprobado, justificándose en particular el alcance del presupuesto del proyecto. b) Documentación jurídico-administrativa: 1.º Acreditación válida del firmante de la solicitud de que actúa como representante de la entidad solicitante de la ayuda. 2.º Declaración responsable para la acreditación del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones. En el caso de proyectos en cooperación, este documento deberá ser aportado tanto por el solicitante como por cada uno de los participantes en el proyecto. 3.º La presentación de la solicitud para la obtención de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano que la concede obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados electrónicos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dicha certificación. 4.º Declaración de cada solicitante, de no hallarse su entidad en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, de no ser una empresa en crisis ni de estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. En el caso de proyectos en cooperación, este documento deberá ser aportado, tanto por el representante como por cada uno de los participantes en el proyecto. 5.º Declaración de las ayudas o subvenciones obtenidas, con carácter previo a esta solicitud, para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales. 6.º Declaración de tipo y categoría de la empresa de cada uno de los participantes en el proyecto. 7.º Comunicación de la Secretaría de Eureka de que el proyecto cuenta con financiación nacional asegurada. En el caso de proyectos en cooperación, este documento deberá ser aportado tanto por el representante como por cada uno de los participantes en el proyecto.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
10/07/2018 - 24/07/2018
Fecha límite de presentación:
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará el 10 de julio de 2018 y finalizará el 24 de julio de 2018, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución de los procedimientos de concesión y su notificación es de seis meses desde la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes especificado para cada procedimiento
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.