Subvenciones para promover la movilidad de los/las creadores/as vascos/as: artes plásticas y visuales (2022)

[creadores de artes plásticas y visuales]

Descripción


Objeto

La organización y/o participación en exposiciones o actividades relacionadas con el arte contemporáneo (concursos, festivales, exposiciones, proyectos de residencia...) durante 2022, fuera del ámbito territorial del euskera.

A tal efecto, no se tendrán en consideración las programaciones anuales ni las que se consideran actividades ordinarias como exposiciones permanentes. Por lo tanto, sólo se tendrán en cuenta proyectos o iniciativas que se consideren extraordinarios.

Quedan excluidas las solicitudes relacionadas con la compraventa de obra, así como las relacionadas con participación en ferias internacionales de arte.

Quedan excluidas las solicitudes relacionadas con el ámbito académico o de estudios universitarios.

 

PROYECTOS DE RESIDENCIA

 

1.- Se considerarán proyectos de residencia tanto las estancias destinadas a la investigación artística como las destinadas a la materialización de un proyecto artístico.

El centro residencial deberá de ser un centro preparado a tal efecto, con información disponible on line sobre su programa de residencias artísticas.

La duración mínima de la residencia será de dos semanas.

No se admitirán proyectos de residencia del ámbito de la preparación universitaria, proyectos de fin de carrera y similares.

La duración máxima de la residencia será de 6 meses.

 

Dotación presupuestaria

75.000

Prestación económica

La dotación máxima para esta modalidad será de setenta y cinco mil (75.000) euros, repartidos en dos plazos:

a) 37.500 euros para actividades a realizar entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2022.

b) 37.500 euros para actividades a realizar entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022.

El remanente del primer plazo se pasará automáticamente al segundo plazo.

GASTOS SUBVENCIONABLES

1.- Los derivados de la participación en la actividad: desplazamiento, transporte de obras de arte, alojamiento y dietas.

2.- Cuantías de las ayudas:

a) Gastos máximos de alojamiento y comida por persona y día: en el Estado español, setenta y cinco (75) euros por alojamiento y cuarenta (40) euros por dieta. Fuera del Estado, ciento veinte (120) euros para alojamiento y sesenta (60) euros para dieta.

b) Se concederán las siguientes dietas: las dietas correspondientes a la acción artística y un día más de desplazamiento.

En el caso de las exposiciones de artes plásticas y visuales únicamente se admitirán dietas para los días de desplazamiento, montaje e inauguración. Se admitirán dietas de cuatro días como máximo.

c) Cuando se utilice automóvil, cero coma veinticinco (0,25) euros por km más autopista y párking. En caso de utilizar furgoneta, cero coma treinta y cinco (0,35) euros por km más autopista y párking. Para calcular el número de kilómetros, la persona física o
Se tomará como punto de partida el domicilio social del jurídico privado.

d) Factura de alquiler, combustible, autopista y párking cuando el vehículo sea arrendado.

e) Cuando se utilice avión, tren u otro tipo de transporte público, sólo se admitirá el billete de categoría ordinaria.

GASTOS NO SUBVENCIONABLES

- Nóminas de los artistas.

- Gastos amortizables.

- Gastos de asesores o acompañantes

- Gastos de montaje.

 

Forma de pago:

El pago de las subvenciones se realizará en dos pagos con arreglo al siguiente procedimiento:

• 50% en el plazo de un mes desde la aceptación de la subvención.
• 50% en el plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad y la justificación.

Organismos


Organismo que convoca

  • Entes públicos de derecho privado > Instituto Vasco Etxepare

Organismo que resuelve

  • Entes públicos de derecho privado > Instituto Vasco Etxepare

Información de contacto


Alberto Irazu Ibañez

a-irazu@etxepare.eus

Telefonoa: 943 023 402

Atención presencial:

    Andre zigarrogileen plaza z/g. 20.012 Donostia

    Jendaurreko arreta: 08:30-14:00 (aldez aurretik hitzordua eskatu behar da)

Atención telefónica:

    Arreta ordutegia: 10:00-14:00

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1032524

Segundo plazo solicitud


Actividades a realizar entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022. Plazo de presentación: desde el 1 de julio hasta el 31 de octubre.

 

GOGORATU ESKAERA HAU EUSKARAZ BETE DEZAKEZULA. ZUREKIN NAHIAGO EUSKARAZ.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la solicitud,
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

GOGORATU ESKAERA HAU EUSKARAZ BETE DEZAKEZULA. ZUREKIN NAHIAGO EUSKARAZ.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita,
  2. guardar la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
  • En ambos casos, cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Acceder a través del siguiente enlace al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Dos meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Aceptación de la ayuda


Si, en el plazo de quince días contados a partir de la notificación de la Resolución, la persona beneficiaria no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que la ha aceptado.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Justificación de las ayudas recibidas


Los beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta resolución dispondrán de un mes de plazo desde que finalice la actividad subvencionada para presentar los documentos de la justificación, salvo en aquellos casos en los que la actividad haya finalizado antes de la publicación de esta convocatoria. En este caso, tendrán un mes a partir de la aceptación de la subvención.

Las personas jurídicas presentarán la justificación siempre por medio electrónico, excepto las de la Mancomunidad Única de Iparralde que podrán presentar sus justificantes también por canal presencial.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Otros trámites