Subvenciones para la creación y desarrollo de servicios de orientación de actividad física en el año 2019

[mugiment]

Descripción


Objeto

A efectos de esta convocatoria se entenderá por servicio de orientación de actividad física el servicio al que las personas inactivas pueden acudir para recibir el asesoramiento, guía y acompañamiento necesario para realizar actividad física a través de una persona profesional de la actividad física, con el objetivo de ir adquiriendo el hábito de realizarla regularmente. Información más amplia se puede consultar en la guía para los servicios de orientación de actividad física: https://mugiment.eus/es/ekimena/publicaciones/guia-los-servicios-orientacion-actividad-fisica/

Concesión de subvenciones para la creación y desarrollo de servicios de orientación de actividad física en el año 2019.

Dotación presupuestaria

170.000

Prestación económica

La subvención por actividad no podrá superar la cantidad de doce mil (12.000) euros.

Forma de pago:

El abono de la subvención se efectuará en un único pago, tras la justificación de la misma.

A quién va dirigido


Municipios de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco

Requisitos

  • No hallarse la entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • La entidad solicitante, garantizará la igualdad de trato entre los dos sexos en la actividad subvencionada.
  • La entidad solicitante hará constar en cualquier forma de difusión la actividad subvencionada se lleva a efecto con el apoyo del Departamento de Cultura y Política Lingüística y a convocar a la Dirección de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco a los actos públicos relacionados con la actividad subvencionada. Si la subvención se concede con posterioridad a la celebración de la misma, lo cumplirá a partir de la notificación de la resolución de concesión de subvención.
  • Que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determina reglamentariamente.
  • Que son ciertos los datos contenidos en la solicitud y documentación que le acompaña.
  • Que la entidad cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiaria de estas ayudas.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Actividad Física y Deporte

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1074002

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites