Convocatoria para el año 2018 de ayudas al retorno juvenil destinadas a la contratación de personas jóvenes en centros de trabajo en la CAPV. Subvención por gastos de desplazamiento a la CAPV asociados al retorno.

[REJ1]

Descripción


Objeto

Promover la contratación de personas jóvenes menores de 35 años que, durante al menos los últimos 12 meses no han trabajado ni residido en la CAPV pero que están vinculadas a la misma por alguna de las siguientes causas:

  • Nacimiento
  • Haber realizado estudios presenciales y haber obtenido un título oficial
  • Vecindad administrativa durante 2 años anteriores a su salida.

La finalidad de esta convocatoria es promover que:

  • a) Las personas jóvenes menores de 35 años, vinculadas a la CAPV y que desean retornar, se inserten en el mercado laboral vasco. Para ello, también se subvencionan parcialmente sus gastos de desplazamiento.
  • b) Las empresas vascas incorporen personas jóvenes que han adquirido o ampliado sus competencias profesionales y/o lingüísticas fuera de Euskadi.

Se establecen dos líneas de ayuda:

  • A- Ayuda a la Contratación: A las empresas vascas que contraten personas jóvenes menores de 35 años, en los términos y condiciones de la convocatoria.
  • B- Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno: A las personas jóvenes contratadas por las empresas vascas en el marco de esta convocatoria.

Dotación presupuestaria

100.000 €

Prestación económica

Podrán ser objeto de subvención los gastos de desplazamiento asociados al retorno a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las personas contratadas en el marco de esta convocatoria.

De total de recursos económicos destinados a esta convocatoria (1.770.000 euros), la dotación para la Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno es de 100.000 euros.

Las ayudas por el desplazamiento se concederán, en su caso, previa solicitud y transcurridos 3 meses desde el inicio del contrato, una vez verificados por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo  los datos de identidad y de padrón de la persona solicitante de la ayuda.

La cuantía de la ayuda por desplazamiento varía en función del lugar desde el que retornan las personas jóvenes:

  • 150 euros, desde cualquier Comunidad Autónoma del Estado, siempre que la distancia desde el lugar de origen sea superior a 300 Km.
  • 800 euros, desde un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza.
  • 1.000 euros, desde otros países del mundo.

Las solicitudes para esta ayuda serán analizadas por orden de presentación, y las subvenciones se concederán, en el mismo orden, a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, así hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.

Forma de pago:

En un único pago, tras la Resolución de concesión de la ayuda del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, y previa comprobación por parte de Lanbide del alta y mantenimiento en el padrón en algún municipio de la CAPV.

A quién va dirigido


Personas contratadas

Las personas contratadas, en el marco de esta convocatoria, por las empresas beneficiarias de la subvención de ayuda a la contratación, previa solicitud presentada al efecto.

Requisitos:

  • Alta y mantenimiento en el Padrón en algún municipio de la CAPV

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.

  • No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

  • No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.

Requisitos

  • Persona Física

Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo cofinanciador

  • Fondo Social Europeo (FSE)

Información de contacto


Lanbide – Servicio Vasco de Empleo

945 181 335 / / 945 181 309 

E-mail: retornojuvenil@lanbide.eus

Código

10503

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes de subvención por gastos de desplazamiento a la CAPV  asociados al retorno se iniciará el día siguiente de la formalización del contrato laboral y finalizará el 10 de Noviembre de 2018.

Documentación a aportar junto con la solicitud:

En el caso de que la persona solicitante deniegue expresamente el consentimiento para la verificación automática por Lanbide de sus datos, deberá adjuntar a la solicitud Certificado actualizado de empadronamiento en la CAPV

Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos o no fuera acompañada de la documentación preceptiva relacionada en el párrafo anterior, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida en su solicitud, y Lanbide-Servicio Vasco de Empleo dictará resolución expresa sobre esa solicitud y la notificará

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario de solicitud

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

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