Cinco becas destinadas a sufragar los gastos de matrícula de cinco titulados universitarios para realizar el "XLIV (44) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2018-2019)" organizado por la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU)

Descripción


Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras comunes de la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de cinco becas destinadas a sufragar los gastos de matrícula de cinco titulados universitarios del “XLIV (44) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2018-2019)», organizado por la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU).

Se establecen dos tipos de beca de matrícula:

a) Tipo A: 3 becas de matrícula para alumnos/as con recursos económicos reducidos que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. Las bases específicas se establecen en el Anexo II.

b) Tipo B: 2 becas de matrícula para alumnos/as con excelente historial académico y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. Las bases específicas se establecen en el Anexo III.

Las personas solicitantes, que cumplan los requisitos económicos y de umbral económico, podrán presentar su candidatura a cualquiera de los tipos de becas de matrículas o a ambos.

Dotación presupuestaria

13.900 euros

A quién va dirigido


Personas que hayan solicitado la matriculación en el «XLIV (44) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2018-2019)»

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP

Organismo que resuelve

  • IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP

Información de contacto


Alameda Recalde, 18
48009 Bilbao
Tel.: 944 031 600
 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1037202

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOPV

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Otros trámites