Línea Estrategias Marco (2018)

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Descripción


Objeto

El objeto de la presente Resolución es convocar, para el ejercicio 2018, las ayudas a acciones humanitarias reguladas por el Decreto 31/2008, de 19 de febrero (BOPV nº 41, de 27 de febrero de 2008), por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo.

Dotación presupuestaria

2.900.000

A quién va dirigido


Requisitos

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. (art. 7e)

  • Límite Subvención

  • Realizarse a través de una entidad local

  • Inicio dentro del ejercicio presupuestario

  • Duración máxima

  • Observación de los principios humanitarios

  • Enfoque de género

  • Protección de Derechos Humanos

  • Proyecto/s que se ajustan al Plan Estratégico

  • Medidas para evitar impacto medioambiental

  • Coherencia y pertinencia

  • Indicadores cuantitativos-cualitativos

  • Documentos vinculados con los requisitos presupuestarios

  • Realidad sociocultural

Información de contacto


Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo

  Dirección: Navarra, 2, 01007, Vitoria-Gasteiz

  Tfno: 945 018 087

  Fax: 945 019 451 

  E-mail: agencia@elankidetza.eus

  Página web: www.elankidetza.euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1029403

Solicitud y aportación de documentación


Resolución y recursos


Plazo de resolución

La no resolución expresa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la entrada en vigor de la Orden que convoca las ayudas, podrá entenderse con efectos desestimatorios. La comunicación de la resolución se hará mediante publicación en el BOPV y también podrá ser comunicada individualmente a la entidad solicitante, pero sólo surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOPV.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Aceptación de la ayuda


Comunicación de modificación


Justificación