Subvenciones para el desarrollo de actividades para la promoción y difusión de la cultura vasca fuera del ámbito territorial del euskera. Convocatoria 2018.

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Descripción


Objeto

Subvenciones para la realización, durante el ejercicio 2018, de proyectos o actividades que aun estando encuadrados dentro del ámbito de actuación del Instituto Vasco Etxepare no sean subvencionables al amparo de ninguna otra convocatoria de dicho Instituto. 

Dotación presupuestaria

30.000 (euro)

Prestación económica

La cantidad máxima que se puede recibir por proyecto, actividad, o programa cultural será la siguiente:

  • Destinos hasta 1.200 km: 2.000 euros.
  • Destinos entre 1.201 y 5.000 km: 3.500 euros.
  • Destinos a más de 5.000 km: 5.000 euros.

Criterios de evaluación de las solicitudes y propuesta de resolución:

Trayectoria cultural del solicitante   Hasta 20%  
Trayectoria cultural del solicitante20 puntos
Características del proyectoHasta 50%
Características de la actividad15 puntos
Características del espacio10 puntos
Proyección internacional del espacio15 puntos
Autofinanciación del proyecto10 puntos
Grado de consonancia con los objetivos del EtxepareHasta 30%
Aportación a la proyección de la cultura vasca en el exterior   20 puntos
Presencia del euskera en el proyecto10 puntos

Los proyectos que no lleguen a la puntuación del 50 % no se incluirán en la relación de solicitudes para la adjudicación de subvenciones.

Gastos subvencionables:

  • Los correspondientes a la participación en el festival o actividad: desplazamiento y alojamiento.
  • No se admitirán nóminas ni cachés de los artistas.
  • No se admitirán gastos amortizables. 

Importes de las subvenciones:

  • Gastos máximos de alojamiento, por persona y día: en España, setenta y cinco (75) euros. Fuera de España, ciento veinte (120) euros.
  • En caso de utilizar coche, cero coma veinticinco (0,25) euros por km, más gastos de autopista y parking.
  • En caso de utilizar furgoneta, cero coma treinta y cinco (0,35) euros por km, más gastos de autopista y parking. Para calcular la cantidad de kilómetros, se tomará como punto de partida la sede social o el empadronamiento de la persona física o jurídica.
  • En caso de vehículo alquilado, factura del alquiler, combustible, gastos de autopista y parking.
  • En caso de utilizar avión, tren o algún otro transporte público, se abonará el billete ordinario.

Forma de pago:

Las subvenciones se concederán comenzando por las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración, en proporción a la puntuación obtenida, hasta agotar los recursos económicos disponibles, siempre y cuando se haya obtenido un mínimo de 50 puntos.

Las subvenciones concedidas en base a la presente Resolución se harán efectivas en dos pagos, según el siguiente procedimiento:

  • 75 % en el plazo máximo de un mes desde la aceptación por el beneficiario de la resolución de adjudicación.
  • 25 % en el plazo máximo de seis meses, tras la finalización y justificación de la actividad.

A quién va dirigido


Personas físicas

Personas jurídicas privadas

Requisitos

  • Contar con sede social y domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca. Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera, podrán presentarse también quienes tengan su sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, así como en el pago de la Seguridad Social.

  • Las personas jurídicas han de estar legalmente constituidas

  • Las actividades presentadas al amparo de esta resolución tendrán que realizarse entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2018.
  • Exclusiones según el objeto de la actividad.

  • Exclusiones según el presupuesto de la actividad: aquéllos que destinen cualquier parte del presupuesto a la realización de inversiones o a financiar elementos de inmovilizado.
  • Exclusiones según la entidad solicitante

  • Las subvenciones objeto de esta convocatoria serán compatibles con aquéllas que se concedan para los mismos objetivos por otras instituciones públicas, siempre y cuando no se produzca sobrefinanciación. En caso de sobrefinanciación, el importe de la subvención se verá aminorado hasta el límite máximo correspondiente.
  • Destinar la subvención a la finalidad concreta para la que se solicitó y llevar a cabo la actividad subvencionada a lo largo del año 2018.
  • Para la adjudicación se compararán las solicitudes presentadas, a fin de establecer una relación entre las mismas según los criterios de selección y valoración establecidos en artículo 11.
  • Hacer mención expresa de la ayuda concedida por el IVE, mediante logotipo, en catálogos, programas, carteles anunciadores, fotografías y demás materiales gráficos y sonoros que se publiquen.
  • La persona beneficiaria deberá garantizar al IVE la autorización para la utilización del material e imágenes relacionados con el proyecto subvencionado, para que difunda la información en varios soportes.
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

Organismos


Organismo que convoca

  • Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > Instituto Vasco Etxepare

Organismo que resuelve

  • Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > Instituto Vasco Etxepare

Información de contacto


Instituto Vasco Etxepare
Edificio Tabakalera
Plaza de las Cigarreras, 1, 3º
20012 Donostia-San Sebastián

Alex Aginagalde
a-aginagaldelopez@etxepare.eus
943012306

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1045002

Solicitud y aportación de documentación


Cada solicitante podrá presentar un único proyecto en esta convocatoria.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la solicitud,
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial cumplimentar el formulario:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

 

  • Cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Resolución y recursos


Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Aceptación de la ayuda


Si, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de la Resolución en el tablón electrónico de anuncios del Gobierno Vasco la persona beneficiaria no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que la ha aceptado.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para la aceptación de la ayuda

Justificación de las ayudas recibidas


Los beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta resolución dispondrán de  plazo hasta el 31 de diciembre de 2017 para presentar los documentos relacionados a continuación. Sólo en el caso de las actividades llevadas a cabo en diciembre, se podrán  presentar hasta el 31 de enero de 2018.

Las personas jurídicas presentarán la justificación siempre por medio electrónico, excepto las de la Mancomunidad  Única de Iparralde que podrán presentar sus justificantes también por canal presencial.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para la justificación

Otros trámites