Ayudas para el mantenimiento del empleo de personas trabajadoras con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.2017
[cee 2017]
- Entidad:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Facilitar la integración laboral, personal y social de sus trabajadores/as discapacitados/as, a la vez que sean un medio de integración del mayor número de pesonas con discapacidad al régimen de trabajo ordinario. Complementándose esta función con la puesta a disposición de cada persona trabajadora discapacitada de un puesto de trabajo adecuado a sus condiciones físicas, síquicas, o intelectuales.
Dotación presupuestaria
33.790.000 eurosPrestación económica
50% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento por cada trabajador discapacitado de alta en el Centro Especial de Empleo.
Forma de pago:
100% de la subvención en el momento de la resolución concesoria
50% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento por cada trabajador discapacitado de alta en el Centro Especial de Empleo.
100% de la subvención en el momento de la resolución concesoria
A quién va dirigido
Centros especiales de empleo
Los Centros Especiales de Empleo radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, calificados como tales e inscritos en el registro correspondiente, de conformidad con el Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo definidos en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos.
Los trabajadores discapacitados contratados en los Centros Especiales de Empleo, con un grado mínimo de discapacidad igual o superior al 33%
Los Centros Especiales de Empleo, deben atender las siguientes actuaciones dirigidas a los trabajadores discapacitados:
- Establecer la relación laboral de carácter especial con los trabajadores discapacitados
- Realizar las contrataciones bajo cualquier modalidad legalmente reconocida, excepto el contrato de trabajo a domicilio para trabajadores discapacitados psíquicos
- Detectar necesidades de apoyo para desarrollar la actividad profesional
- Establecer relaciones precisas con el entorno familiar y social para que sirva de estímulo a la incorporación al puesto Desarrollar programas de formación para adaptación al puesto, nuevas tecnologías y procesos productivos
- Establecer apoyos individualizados
- Favorecer y potenciar la autonomía e independencia en el puesto
- Favorecer la integración de nuevos trabajadores al CEE
- Asistir al trabajador en el proceso de incorporación a Enclaves Laborales y mercado ordinario
- Detectar e intervenir en posibles procesos de deterioro de los trabajadores
Requisitos:
-
Estar calificado y registrado como Centro Especial de Empleo
Resolución de calificación y registro
Requisitos generales
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en la O.M. de 16-10-1998
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación
No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.
-
No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.
No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.
-
Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes:
- Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99)
- Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00)
- Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00)
No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
En la solicitud se marcara la correspondiente declaración responsable.
- En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
- Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.
-
Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.
En la solicitud se marcara la correspondiente declaración responsable.
- En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
- Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes - Minimis" junto con la solicitud.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones, por parte de las entidades solicitantes, se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor con consentimiento de las mismas, conforme a lo establecido en la Resolución de 17 de marzo de 2016 (BOPV nº 54 de 18/03/2016)
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Información de contacto
Servicio de Atención a Entidades y Empresas 945 160 601
Correo electrónico: empleoprotegidoyselectivo@lanbide.eus
Código
01376Solicitud y aportación de documentación
Las solicitudes para la obtención de las subvenciones se harán mediante modelo oficial (anexo III). Junto con éste deberá presentarse la siguiente documentación:
- Nominas de los trabajadores discapacitados
- TC1 y TC2
- Relación de altas y bajas en la plantilla de trabajadores discapacitados durante el mes objeto de subvención.
- Relación de situaciones de IT durante el mes objeto de subvención.
- Ficha de alta de Datos de Tercero Interesado, firmada y sellada por la persona solicitante y por la entidad bancaria correspondiente.
- Cualquier otra documentación que le sea requerida, según los casos.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Lanbide y Zuzenean
OFICINA TERRITORIAL ÁLAVA / ARABAKO LURRALDE-BULEGOA | Pasaje de las Antillas 14 bajo | VITORIA-GASTEIZ |
OFICINA TERRITORIAL BIZKAIA / BIZKAIKO LURRALDE-BULEGOA | Ercilla, 4 | BILBAO |
OFICINA TERRITORIAL GIPUZKOA / GIPUZKOAKO LURRALDE-BULEGOA | San Marcial, 12 | DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN |
- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en la O.M. de 16-10-1998
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación
No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.
-
No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.
No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.
-
Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes:
- Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99)
- Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00)
- Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00)
No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
En la solicitud se marcara la correspondiente declaración responsable.
- En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
- Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.
-
Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.
En la solicitud se marcara la correspondiente declaración responsable.
- En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
- Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes - Minimis" junto con la solicitud.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones, por parte de las entidades solicitantes, se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor con consentimiento de las mismas, conforme a lo establecido en la Resolución de 17 de marzo de 2016 (BOPV nº 54 de 18/03/2016)
-
Estar calificado y registrado como Centro Especial de Empleo
Resolución de calificación y registro
En el caso de actuar en "Representación de" es necesario acreditar suficiente poder de representación:
Si se trata de representación legal de la entidad, deberá aportar además de la documentación indicada para la solicitud
- Copia del Documento público o privado con firma notarialmente legitimada
Si se trata de representación Legal voluntaria, deberá aportar además de la documentación indicada para la solitud
La persona o entidad interesada, para solicitar la ayuda, deberá:
- Preparar la documentación que se indica en el siguiente apartado.
- Rellenar los formularios, si los hubiera.
- Cumplimentar la Solicitud
- Presentar la solicitud y toda la documentación, en los lugares de presentación señalados.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Para poder ejercer este derecho, en el apartado "Documentación aportada anteriormente" de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: Iniciar la tramitación por este canal, no obliga a continuarla por el mismo. El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de “Mis Gestiones”.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de “Mis Gestiones”.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses desde la solicitud
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Estimatorios
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Lanbide y Zuzenean
OFICINA TERRITORIAL ÁLAVA / ARABAKO LURRALDE-BULEGOA | Pasaje de las Antillas 14 bajo | VITORIA-GASTEIZ |
OFICINA TERRITORIAL BIZKAIA / BIZKAIKO LURRALDE-BULEGOA | Ercilla, 4 | BILBAO |
OFICINA TERRITORIAL GIPUZKOA / GIPUZKOAKO LURRALDE-BULEGOA | San Marcial, 12 | DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN |
- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario que encontrará a continuación y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Lanbide y Zuzenean
OFICINA TERRITORIAL ÁLAVA / ARABAKO LURRALDE-BULEGOA | Pasaje de las Antillas 14 bajo | VITORIA-GASTEIZ |
OFICINA TERRITORIAL BIZKAIA / BIZKAIKO LURRALDE-BULEGOA | Ercilla, 4 | BILBAO |
OFICINA TERRITORIAL GIPUZKOA / GIPUZKOAKO LURRALDE-BULEGOA | San Marcial, 12 | DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN |
- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación indicados.
Otros trámites
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Lanbide y Zuzenean
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OFICINA TERRITORIAL BIZKAIA / BIZKAIKO LURRALDE-BULEGOA | Ercilla, 4 | BILBAO |
OFICINA TERRITORIAL GIPUZKOA / GIPUZKOAKO LURRALDE-BULEGOA | San Marcial, 12 | DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN |
- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Lanbide y Zuzenean
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- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Para la realización de este trámite, debe haberse notificado la resolución favorable.
Para solicitar la renuncia a la continuación de su procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede renunciar a continuar con el procedimiento una vez que se haya dictado la resolución. Si renuncia, perderá los derechos que le amparan.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad a la que usted representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
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OFICINA TERRITORIAL GIPUZKOA / GIPUZKOAKO LURRALDE-BULEGOA | San Marcial, 12 | DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN |
- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación que considere necesaria en los lugares de presentación señalados.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Ampliación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 49)
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
La persona/entidad interesada, aportará la documentación que estime conveniente, junto al formulario normalizado "Formulario para la aportación de documentación"
-
La persona/entidad solicitante, deberá aportar, dentro del plazo establecido, la documentación requerida junto al formulario "Formulario para la aportación de documentación".
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Lanbide y Zuzenean
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OFICINA TERRITORIAL BIZKAIA / BIZKAIKO LURRALDE-BULEGOA | Ercilla, 4 | BILBAO |
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- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Para aportar documentación al expediente | Usted puede presentar cualquier documento que estime conveniente durante el procedimiento.
Debe presentar la documentación que estime conveniente para la resolución de su expediente.
-
Para aportar documentación al expediente | El órgano competente puede exigirle que subsane la documentación presentada.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, se supondrá que ha desistido de su solicitud.
Para el desistimiento, será necesaria la previa resolución dictada en los términos previstos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 42)
Para aportar o subsanar documentos a un procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le hayan sido requeridos por la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
No es necesario aportar ningún documento para realizar este trámite.
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad a la que usted representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Lanbide y Zuzenean
OFICINA TERRITORIAL ÁLAVA / ARABAKO LURRALDE-BULEGOA | Pasaje de las Antillas 14 bajo | VITORIA-GASTEIZ |
OFICINA TERRITORIAL BIZKAIA / BIZKAIKO LURRALDE-BULEGOA | Ercilla, 4 | BILBAO |
OFICINA TERRITORIAL GIPUZKOA / GIPUZKOAKO LURRALDE-BULEGOA | San Marcial, 12 | DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN |
- Oficinas locales de Lanbide
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de sus datos de notificación y comunicación en el procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Puede modificar sus datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.