Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera 2016.

[LEHEN_AUKERA_2016]

Descripción


Objeto

El objeto de esta convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas u otras entidades, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidad su inserción laboral.

 

Más información  

Dotación presupuestaria

7.500.000 euros
Prestación económica

7.010.000 euros para la financiación de los contratos indefinidos y en prácticas y 490.000 euros, para la financiación de la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo por parte de los centros colaboradores

Actuaciones subvencionables al amparo de la presente convocatoria (Artículo 3):

 1.- Los contratos indefinidos así como los contratos en prácticas, de al menos 6 meses de duración, celebrados con personas jóvenes, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros laborales radicados en la CAPV. 

2.- La captación, registro y gestión de las ofertas de empleo por los centros colabores regulados en el artículo 4.3 y 4.4, que finalicen con la formalización de contratos subvencionables al amparo de la presente convocatoria. 

Cuantía de la subvención:

1.- El importe subvencionado de los contratos se determinará en función de la titulación académica del siguiente modo:

Titulación Académica

Subvención contrato en prácticas

Subvención contrato indefinido

Titulación Superior o Grado Universitario

4.500,00 €

7.600,00 €

Titulación Grado Medio

3.800,00 €

6.700,00 €

Ciclos Formativos de Grado Superior (FP II)

3.250,00 €

5.900,00 €

Ciclos Formativos de Grado Medio (FP I) y Certificado de Profesionalidad

2.800,00 €

5.200,00 €

Estas cuantías se incrementarán en un 10%, en el supuesto de contratos en prácticas de, al menos, 12 meses de duración. 

2.- Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% cuando los contratos se celebren con mujeres en los ámbitos en los que estas se encuentren sub-representadas.
     (Ver estadística)

3.- Las cuantías de subvención mencionadas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, se ajustarán los importes en proporción a la jornada. 

4.- Los centros colaboradores a que se refiere el artículo 4.3 y 4.4 percibirán por cada contrato subvencionado, que derive de la captación, registro y gestión de la oferta correspondiente: 

- 120 euros, el centro colaborador que haya captado y registrado la oferta.

- 80 euros, el centro colaborador que haya gestionado la oferta.

El centro recibirá un 10% adicional por cada 20 ofertas de empleo que hayan finalizado con la formalización de contratos subvencionados al amparo de la presente convocatoria.

Forma de pago:

El abono de la subvención a las empresas contratantes se realizará de la siguiente manera:

-       Un primer pago del 54%, tras la formalización de los contratos previstos y previa presentación de la documentación pertinente.

-       Un segundo pago del 46% restante o la cantidad que resulte de la justificación, una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención. 

Los centros colaboradores percibirán la subvención en un único pago, tras la Resolución de concesión de la ayuda del Director General de Lanbide.

A quién va dirigido


  • Empresas información detallada

    Empresas beneficiarias: Por la celebración de contratos indefinidos o en prácticas, las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones que cumplan las condiciones generales previstas en el párrafo 5 del artículo 4.

    Requisitos:
    • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar.
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
    • Para acreditar suficiente poder de representación | No haber destruido empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
    • Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
    • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • Centro colaborador para la captación y registro de las ofertas de empleo información detallada

    Por la captación y registro y por la gestión de las ofertas de empleo que finalicen con la formalización de contratos subvencionados al amparo de la presente convocatoria, podrán ser beneficiarios los centros colaboradores de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo regulados en el artículo 4.3 y 4.4.

  • Requisitos

    • EMPRESA Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social.

    • Que sus fines u objetivos, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos sean conformes al principio de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres.

    • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    • No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones

    • No hallarse incursa en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se halle todavía en tramitación.

    • COLECTIVO BENEFICIARIO

      Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:

      a) Residir en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

      b). Estar inscrita como demandante de empleo en Lanbide-Servicio de Empleo y desempleada en el momento de la formalización del contrato.

      c) Estar en posesión de alguna de las titulaciones incluidas en este punto:

      - Licenciatura o Grado Universitario/a, Ingeniería, Arquitectura.

      - Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica.

      - Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).

      - Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.

      - Certificado de profesionalidad.

      Se dará prioridad a aquellas personas que estén identificadas en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil.

    Organismos


    Organismo que convoca

    • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

    Organismo que resuelve

    • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

    Organismo cofinanciador

    • Fondo Social Europeo (FSE)

    Información de contacto


    Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Tfno: 945 160 600 / 630305452

    Email:  lehenaukera@lanbide.eus

    Código

    10159

    Solicitud y aportación de documentación


    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    6 meses desde la solicitud

    Efectos del silencio

    Estimatorios

    Certificado de contratación en practicas


    Justificación de los contratos


    Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


    Documentación a aportar junto con la solicitud: Anexo II