Subvenciones a los centros autorizados de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño (2016).

[ARTE_DISEINU]

Educación, Política Lingüística y Cultura

RESUMEN
Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas económicas para los centros autorizados de Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de titularidad privada, para la financiación de los costes de personal referidos al curso académico, septiembre 2015 a agosto 2016.

Entidades o personas solicitantes
  • Centros autorizados de Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño información detallada
    Requisitos:
    • El centro debe estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
    • Adquiere el compromiso de notificar cualquier modificación de las circunstancias que se han tenido en cuenta en la resolución.
    • No ha recibido durante el curso 2015-2016 otra subvención del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
Requisitos y méritos
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres. información detallada

    No es necesario aportar documentación para la acreditación de este requisito.

Dotación presupuestaria
71.670 (euro)
Organismo que convoca
  • Educación, Política Lingüística y Cultura / Viceconsejería de Educación > Dirección de Centros Escolares
Organismo que resuelve
  • Educación, Política Lingüística y Cultura > Viceconsejería de Educación
SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES
  • Solicitud y aportación de documentación
    Documentación que debe presentar
Trámites específicos
Debe realizar estos trámites cuando la Administración así se lo solicita.
  • Justificación

    Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

    Documentación que debe presentar
Otros trámites
Estos trámites son opcionales. Puede realizarlos por iniciativa propia o cuando la Administración le comunica que tiene esa opción.
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
Plazo de resolución
La Resolución de la concesión de las subvenciones será dictada, a la vista de la propuesta elevada por la Dirección de Centros Escolares, por la Viceconsejera de Educación en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Recursos
  • Recurso de Alzada

    El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    • Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
    • Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    • El mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes si el acto recurrido es expreso .
    • 3 meses si el acto recurrido es presunto).

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    • 3 meses.

    Si en ese plazo no se le notifica la resolución:

    • El recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto.
    • El recurso se entenderá desestimado si el acto recurrido es expreso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
    • Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VI. de la revisión de los actos en vía administrativa)

    Documentación que debe presentar
CONTACTO
Código
0096704