Convocatoria 2015 de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera

[LEHEN_AUKERA_2015]

Descripción


Objeto

El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas u otras entidades, previstas en el artículo 4, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidar su inserción laboral.

 

Más información  

Dotación presupuestaria

4.999.930 euros
Prestación económica

    ·-4.700.000 euros para la financiación de los contratos en prácticas y contratos indefinidos

    ·-299.930 euros, para la financiación de la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo por parte de los centros colaboradores.

    ·1.- El importe subvencionado por cada contrato en prácticas se determinará en función de la titulación académica, teniendo en cuenta la remuneración bruta anual mínima exigida en el artículo 3, del siguiente modo:

    ·Titulación Superior o Grado Universitario / Subvención: 4.500,00 €

    ·Titulación Grado Medio / subvención: 3.800,00 €

    ·Ciclos Formativos de Grado Superior (FP II) / Subvención: 3.250,00 €

    ·Ciclos Formativos de Grado Medio (FP I) y Certificado de Profesionalidad /Subvención: 2.800,00 €

    ·Estas cuantías se incrementarán en un 10%, en el supuesto de contratos en prácticas de, al menos, 12 meses de duración.

    ·2.- En los contratos indefinidos se subvencionará el 50% del coste salarial del primer año de contratación, con el límite de 6.700 €

    ·3.- Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% cuando los contratos se celebren con mujeres.

    ·4.- Las cuantías de subvención mencionadas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, se ajustarán los importes en proporción a la jornada.

    ·5.- Los centros colaboradores a que se refiere el artículo 4.3 y 4.4 percibirán por cada contrato subvencionado, que derive de la captación, registro y gestión de la oferta correspondiente:

    ·- 120 euros, el centro colaborador que haya captado y registrado la oferta.

         ·- 80 euros, el centro colaborador que haya gestionado la oferta.
    Forma de pago:

    ·Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas se establecen en el Artículo 2 de la citada convocatoria.

    ·El abono de la subvención a las empresas contratantes se realizará de la siguiente manera:

      - Un primer pago del 53,19%, tras la formalización de los contratos previstos.
      - Un segundo pago del 46,81% restante o la cantidad que resulte de la justificación, una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12.

    Los centros colaboradores percibirán la subvención en un único pago, tras la Resolución de concesión de la ayuda del Director General de Lanbide

    A quién va dirigido


  • Fundaciones información detallada
    Requisitos:
    • Estar legalmente constituida
    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

    • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Estar declarada de utilidad pública

      No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito. Se acredita mediante la declaración responsable.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Asociaciones información detallada
    Requisitos:
    • Estar legalmente constituida
    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

    • Estar inscrito en el Epígrafe de actividades económicas
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Estar declarada de utilidad pública

      No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito. Se acredita mediante la declaración responsable.

  • Centro colaborador para la captación y registro de las ofertas de empleo información detallada

    Por la captación y registro y por la gestión de las ofertas de empleo, podrán ser beneficiarios los centros colaboradores aprobados para la realización de estas actividades, al amparo de la Resolución del Director General de Lanbide de 23 de enero de 2015 (BOPV 2/2/2015).

    Asimismo, podrán obtener la condición de centros colaboradores para la captación y registro de las ofertas de empleo específicamente vinculadas a esta convocatoria, las siguientes entidades: Universidades, centros de formación profesional públicos y privados concertados, centros y entidades colaboradores de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo beneficiarios de las ayudas de formación para el empleo y de orientación para el empleo correspondientes a las convocatorias del ejercicio 2013, Ayuntamientos, mancomunidades, cuadrillas, agencias de desarrollo local y Behargintzas.

    El número máximo de personas autorizadas en una misma entidad para la realización de estas labores será de 3 personas y deberán asistir a la acción formativa impartida por Lanbide.

  • Empresas información detallada
    Requisitos:
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

      Únicamente será necesaria la aportación de documentación acreditativa del cumplimiento de este requisito, cuando la persona jurídica solicitante tribute fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

    • Estar legalmente constituida
    • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
  • Comunidad de bienes información detallada
  • Empresario individual o autónomo información detallada
    Requisitos:
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Identidad de la persona física
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
  • Requisitos

    • Para acreditar la existencia o no de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social.
    • No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas
    • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

    • Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
    • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
    • Que sus fines u objetivos, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos sean conformes al principio de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres.
    • No haber destruido empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
    • Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar.

    Organismos


    Organismo que convoca

    • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

    Organismo que resuelve

    • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

    Organismo cofinanciador

    • Fondo Social Europeo (FSE)

    Información de contacto


    ·Dirección de Activación Laboral: lehenaukera@lanbide.eus

    Código

    10159

    Solicitud y aportación de documentación


    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    6 meses desde la solicitud

    Efectos del silencio

    Estimatorios

    Certificado de contratación en practicas


    Justificación de los contratos


    Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco