Ayudas dentro del Subprograma de Formación de Personal Investigador, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011. Subprograma FPI-INIA 2012

LABURPENA
Titulua:
Ayudas dentro del Subprograma de Formación de Personal Investigador, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011. Subprograma FPI-INIA 2012
Xedea:
El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria correspondiente al año 2012 del procedimiento de concesión de ayudas para la formación de recursos humanos, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad, a través del siguiente subprograma, que se rige por lo dispuesto en este capítulo y en el siguiente: Subprograma de Formación de Personal Investigador en agroalimentación en los centros de investigación del INIA y de las CC.AA. (Subprograma FPI-INIA), previendo la concesión de un máximo de 50 ayudas a titulados universitarios que deseen realizar una tesis doctoral asociada a los temas específicos identificados por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en adelante INIA) y las Comunidades Autónomas, en los Centros de Investigación Agraria y Alimentaria incluidos en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CC.AA., y que figuran en el servidor de información del INIA (www.inia.es). Además el subprograma financia las matrículas y tasas de los cursos de máster y doctorado, la realización de estancias en el extranjero, así como la asistencia a reuniones, congresos y cursos de perfeccionamiento (Capítulo II).
Diru kopurua:
5.224.457,00 €
Deialdiaren araudia:
  • Resolución de 28 de marzo de 2012 (BOE Zk. 105/2012)
    Resolución de 28 de marzo de 2012, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se convocan ayudas dentro del Subprograma de Formación de Personal Investigador, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
Araudia:
  • ORDEN ECI/266/2008, de 6 de febrero (BOE Zk. 35/2008)
    ORDEN ECI/266/2008, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.
ERAKUNDEAK
Deialdia egiten duen erakundea:
Zientzia eta Berrikuntza Ministerioa
Deialdia egiten duen organoa:
Zientzia eta Berrikuntza Ministerioa
Erakunde erabakigarria:
Gobernu zentrala
Bertan emandako arreta:
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria INIA ÷ Crta. de la Coruña, km 7,5 - 28040 Madrid (España) http://www.inia.es
Telefono bidezko arreta:
Telf: (+34) 913473900 - Fax: (+34) 913572293
TRAMITAZIOAK
Eskabideak aurkezteko lekua:
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria INIA ÷ Crta. de la Coruña, km 7,5 - 28040 Madrid (España) http://www.inia.es
Itzuli Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria INIA ÷ Crta. de la Coruña, km 7,5 - 28040 Madrid (España) http://www.inia.es
Ayudas dentro del Subprograma de Formación de Personal Investigador, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011. Subprograma FPI-INIA 2012
El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria correspondiente al año 2012 del procedimiento de concesión de ayudas para la formación de recursos humanos, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad, a través del siguiente subprograma, que se rige por lo dispuesto en este capítulo y en el siguiente: Subprograma de Formación de Personal Investigador en agroalimentación en los centros de investigación del INIA y de las CC.AA. (Subprograma FPI-INIA), previendo la concesión de un máximo de 50 ayudas a titulados universitarios que deseen realizar una tesis doctoral asociada a los temas específicos identificados por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en adelante INIA) y las Comunidades Autónomas, en los Centros de Investigación Agraria y Alimentaria incluidos en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CC.AA., y que figuran en el servidor de información del INIA (www.inia.es). Además el subprograma financia las matrículas y tasas de los cursos de máster y doctorado, la realización de estancias en el extranjero, así como la asistencia a reuniones, congresos y cursos de perfeccionamiento (Capítulo II).
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Podrán acceder a la consideración de beneficiarios las personas físicas, o las siguientes personas jurídicas: las universidades públicas; los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica; los centros de I+D+i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado; los centros de I+D+i vinculados o dependientes de Administraciones Públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica; las universidades privadas y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sea mayoritariamente de las Administraciones Públicas; los centros de innovación y tecnología reconocidos según el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre (BOE de 17 de enero de 1997), y cuya propiedad u órgano de gobierno no sea mayoritaria de las Administraciones Públicas; las personas jurídicas con ánimo de lucro (empresas) cuya actividad principal consista en la producción de bienes y servicios destinados al mercado; las asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro válida y totalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro y que realicen entre sus actividades proyecto y actuaciones de investigación y desarrollo para su sector; las entidades promotoras de un parque científico y tecnológico que revistan la forma jurídica de entidades sin fines de lucro; otras personas jurídicas con fines semejantes a los de las anteriores, de acuerdo con el objeto de la ayuda, que cumplan los requisitos indicados en el siguiente apartado. En las respectivas convocatorias se determinará, de entre las anteriores, aquellas que puedan acceder a la condición de beneficiario.
Podrán acceder a la consideración de beneficiarios las personas físicas, o las siguientes personas jurídicas: las universidades públicas; los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica; los centros de I+D+i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado; los centros de I+D+i vinculados o dependientes de Administraciones Públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica; las universidades privadas y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sea mayoritariamente de las Administraciones Públicas; los centros de innovación y tecnología reconocidos según el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre (BOE de 17 de enero de 1997), y cuya propiedad u órgano de gobierno no sea mayoritaria de las Administraciones Públicas; las personas jurídicas con ánimo de lucro (empresas) cuya actividad principal consista en la producción de bienes y servicios destinados al mercado; las asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro válida y totalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro y que realicen entre sus actividades proyecto y actuaciones de investigación y desarrollo para su sector; las entidades promotoras de un parque científico y tecnológico que revistan la forma jurídica de entidades sin fines de lucro; otras personas jurídicas con fines semejantes a los de las anteriores, de acuerdo con el objeto de la ayuda, que cumplan los requisitos indicados en el siguiente apartado. En las respectivas convocatorias se determinará, de entre las anteriores, aquellas que puedan acceder a la condición de beneficiario.
PRESTAZIOA
Dotazioa:
5.224.457,00 €
Muga:
Durante el período de beca la cuantía de las ayudas será de 1.200 euros mensuales brutos, de la que se deducirá la cuota de la seguridad social que está obligado a cotizar el investigador beneficiario. . En el período de contrato la cuantía del mismo, correspondiente a 14 mensualidades por año, para los contratos formalizados en organismos de la Administración General del Estado, será el 80% de lo establecido en Tabla Salarial del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, para la contratación de un titulado superior de investigación y laboratorio, grupo profesional 1 (GP1).
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Dokumentazioa:
  • a) Fotocopia del D.N.I., N.I.E. para ciudadanos extranjeros, o su equivalente en caso de ciudadanos de la UE. b) Fotocopia del certificado de estudios, donde conste la fecha en la que se han finalizado los estudios y constancia expresa de que las materias relacionadas constituyen el programa completo de la titulación correspondiente, las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas. Los solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero y posean certificación académica extendida en idioma distinto del español deberán acompañarla de la correspondiente traducción oficial. En tales casos, la certificación indicará cuáles son las calificaciones máxima y mínima dentro del sistema de evaluación correspondiente y cuál es la calificación mínima para aprobar; asimismo deberá constar la fecha en la que se han finalizado los estudios y constancia expresa de las materias que constituyen el programa completo de la titulación correspondiente, las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas. c) Currículum vítae. d) En el supuesto previsto en el apartado 20.1.c, en el caso de los solicitantes que hayan obtenido o realizado estudios que den acceso al doctorado conforme a sistemas educativos extranjeros, el interesado deberá acreditar documentalmente, mediante un certificado de la universidad española correspondiente, que reúne los requisitos para ser admitido en los programas de doctorado. e) Las personas que se acojan al supuesto contemplado en el apartado 20.2.c.2, deben hacerlo constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo.
Eskabideak aurkezteko lekua Eskabideak aurkezteko lekua
DEIALDIAREN EGOERA
Eskabideak aurkezteko epea:
2012/05/09 - 2012/05/23
Ebazteko epea:
El plazo máximo de seis meses a contar desde el día en el que se inicia el periodo de presentación de solicitudes de cada modalidad de ayuda.
Isilbidearen ondorioak:
Ezespenezkoak
Ebazpenaren aurkako errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:    .
  • Jartze epea: Hilabete 1.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Ez onartzea.
Isilbideagatik ez onartzeagatiko errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:  .
  • Jartze epea: 3 hilabete.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Onartzea.