Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto. 2018

LABURPENA
Titulua:
Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto. 2018
Xedea:
Se convocan para el año 2018 ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto, mediante régimen de concurrencia competitiva.
Diru kopurua:
600.000,00 euros
Deialdiaren araudia:
  • Convocatoria (BOE Zk. 208/2018)
    Extracto de la Resolución de 10 de agosto de 2018, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2018 ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto.
Araudia:
  • bases reguladoras (BOE Zk. 174/2018)
    Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
  • Resolución de 31 de octubre de 2018, (BOE Zk. 266/2018)
    Resolución de 31 de octubre de 2018, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de las ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto, convocadas mediante Resolución de 10 de agosto de 2018.
ERAKUNDEAK
Deialdia egiten duen erakundea:
Kultura Ministerioa
Deialdia egiten duen organoa:
Kultura Ministerioa
Erakunde erabakigarria:
Gobernu zentrala
TRAMITAZIOAK
Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto. 2018
Se convocan para el año 2018 ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto, mediante régimen de concurrencia competitiva.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Empresas productoras independientes
1. Los proyectos de cortometraje que sean objeto de estas ayudas, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española o estar en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, lo que se comprobará por el lnstituto de la Cinematografíay de las Artes Audiovisuales. 2. Los proyectos de cortometraje realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, previamente a finalizar el plazo de presentación de la solicitud de la ayuda, para poder acceder a ésta, deberán haber obtenido la aprobación de la correspondiente coproducción internacional conforme a lo establecido en la Secciôn 2" del Capítulo ll del Real Decreto 108412015, de 4 de diciembre. 3. No podrán acceder a las ayudas los proyectos que, en el momento de la decisión final de la Comisión de ayudas a la producción de largometrajes y cortometrajes, hubieran presentado la solicitud de la calificación por grupos de edad. 4. Los proyectos que en el momento de la decisión final de la comisión de ayudas a la producción de largometrajes y cortometrajes hayan iniciado el rodaje, deberán estar en condiciones, para resultar beneficiarios de la ayuda, de poder cumplir las obligaciones establecidas en el apartado undécimo de la presente Resolución, en los plazos previstos en el mismo.
PRESTAZIOA
Dotazioa:
600.000,00 euros
Muga:
La cuantía máxima de la ayuda será de 30.500 euros por proyecto beneficiario, sin que en ningún caso dicho importe pueda superar el75o/o del coste que en su día sea reconocido al cortometraje por el lnstituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Dokumentazioa:
  • 1. Documentacíón específica: a) Presupuesto de la película en modelo oficial que podrá descargarse a través de la página Web del lnstituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. b) Plan de financiación razonado y debidamente documentado mediante la presentación, en su caso, de los contratos y compromisos suscritos al efecto y referidos al proyecto de cortometraje para el que se solicita la ayuda, con precio determinado expresado en euros, aportaciones privadas destinadas al mismo fin, resoluciones de concesión al proyecto de ayudas públicas nacionales e internacionales, así como la cuantía de la subvención que se solicita para la realización de la película, en el formulario descargable de la página web del lnstituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Únicamente durante el período de subsanación de las solicitudes, conforme a lo establecido en el apartado sexto.2 de la presente Resolución, se podrán aportar y serán admitidas aquellas Resoluciones de concesión de ayudas que se hubieran concedido con posterioridad a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. c) Guion, sinopsis y memoria de la película. d) Contrato en el que se acredite de forma inequívoca la cesión al productor de los derechos sobre el guion, el importe de la contraprestación correspondiente al autor o autores del mismo, asícomo en su caso la cesión de los derechos de opción sobre la obra preexistente. e) Documentación justificativa del pago del guion del proyecto para el que se solicita la ayuda, con arreglo a las cláusulas del contrato formalizado entre las partes. f) Plan de trabajo, con indicación de tiempo de rodaje y localizaciones. g) Ficha técnico-artística, en el formulario descargable de la página web del lnstituto de la Cinematografíay de las Artes Audiovisuales. h) Datos del historial profesional del director, del guionista y de la empresa productora. i) Cuando el proyecto esté coproducido por varias empresas, contrato de coproducción con indicación de los porcentajes de participación de cada productora en el proyecto. j) En los casos de proyectos a realízar en régimen de coproducción con empresas extranjeras, Resolución de aprobación de la coproducción internacional, excepto cuando ésta haya sido aprobada por el lnstituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. k) Para la acreditación del fomento de la igualdad de género, formulario en el modelo oficial descargable de la página web del lnstituto de la Cinematogralía y de las Artes Audiovisuales. l) Carta de invitación del festival y, en su caso, el certificado del premio expedido por el director del mismo. En modelo oficial descargable de la página web del ICAA, se indicarán los títulos de las obras cinematográficas a tener en cuenta para la valoración de la empresa productora y del director del proyecto. m)Declaración responsable de que el proyecto cumple los requisitos previstos en el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, para la obtención de nacionalidad española del cortometraje. n) Declaración responsable de ser productora independiente de acuerdo con la definición del artículo 4 n) de la Ley 5512007, de 28 de diciembre. ñ) Relación de empresas vinculadas con la empresa solicitante de la ayuda, atendiendo al criterio de vinculación del artículo 68.2 del Real Decreto 88712006, de 21 de julio. 2. Documentación general, conforme al artículo 7 dela Orden CUD176912018, de 17 de julio: a) Si el solicitante se encuentra dado de alta en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del lnstituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, manifestación expresa de que los datos que constan en el mismo no han sufrido modificación respecto de los ya existentes o, en otro caso, documentación suficiente que acredite las modificaciones efectuadas. b) Si el solicitante no está inscrito en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, la documentación establecida en el artículo 31 del Real Decreto 108412015, de 4 de diciembre. c) En el caso de que el solicitante deniegue expresamente el consentimiento al órgano concedente para que éste obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones, se debe presentar certificaciones administrativas positivas, a efectos de subvenciones, de estar al corriente en el pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, en este caso, tanto en el Régimen General de la Seguridad Social como en el Régimen de Artistas de la Seguridad Social, expedidas por los órganos competentes. En el caso de haber caducado la validez de dichas certificaciones, deberán renovarse con anterioridad a dictarse la propuesta de Resolución y el pago de la ayuda. Las empresas deben estar al corriente de cumplimiento de dichas obligaciones durante todo el procedimiento de tramitación de las ayudas, hasta el pago de las mismas. En el caso de que elsolicitante de la ayuda no deniegue expresamente el consentimiento y los certificados solicitados por el lnstituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sean negativos, éstos podrán ser subsanados siempre que el interesado los aporte e indiquen que estaba al corriente de pago, a efectos de subvenciones, desde la fecha de solicitud de la ayuda hasta la fecha en la que se expidan los mismos. d) Declaración responsable, en su caso, de estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro y de comprometerse a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente al procedimiento de concesión de la ayuda, conforme al artículo 69 de la Ley 3912015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones de reembolso de subvenciones. e) Declaración responsable de no haber sido sancionado con la pérdida de obtener subvenciones por incumplimiento de la normativa que resulte de aplicación en materia de igualdad entre mujeres y hombres. f) Declaración responsable sobre cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas, nacionales o internacionales obtenidas para la realización de la misma actividad o proyecto. g) Declaración responsable relativa al cumplimiento de la normativa legal y convencional aplicable a las relaciones con el personal creativo, artístico y técnico de estar al corriente en el pago de las obligaciones contraídas con dicho personal así como con las industrias técnicas en relación a la película anterior de la misma productora que haya recibido ayuda estatal. En caso de que la productora no hubiera recibido ninguna ayuda estatal deberá presentar declaración responsable sobre este extremo. h) Declaración responsable de no estar incurso en ninguno de los demás supuestos del artículo 13.2 de la Ley 3812003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo permanecer en esta situación durante todo el procedimiento de tramitación de las ayudas, hasta el pago de las mismas.
Eskabideak aurkezteko lekua Eskabideak aurkezteko lekua
Elektronikoa
Aplikazioak:
Solicitud


Elektronikoa
Aplikazioak:


DEIALDIAREN EGOERA
Eskabideak aurkezteko epea:
2018/08/29 - 2018/09/18
Aurkezteko epe-muga:
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", finalizando a las 14:00 horas del último día del plazo.
Isilbidearen ondorioak:
Ezespenezkoak
Ebazpenaren aurkako errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:    .
  • Jartze epea: Hilabete 1.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Ez onartzea.
Isilbideagatik ez onartzeagatiko errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:  .
  • Jartze epea: 3 hilabete.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Onartzea.