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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 162, martes 27 de agosto de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
3761

ORDEN de 11 de junio de 2013, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la «Fundación Popular de Estudios Vascos».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 27 de septiembre de 2012 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de los artículos 1,2,3,4,5,6,9,15,20,24,28,30 Y 32 (para adaptarlos a la nueva denominación de la Fundación) y a los artículos 10, 11 y 13 (referentes al nombramiento de patronos y estructura del patronato) de la «Fundación Popular de Estudios Vascos-Euskal Ikasketetarako Fundazio Popularra», así como la refundición de los estautos sociales en una redacción única que contenga las modificaciones estatutarias producidas. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– Mediante escrito de fecha 4 de marzo de 2013, el Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 27 de mayo de 2013 en el Departamento de Administración Pública y Justicia, la documentación remitida por la Fundación.

Tercero.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3-1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4-1-a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la inscripción de la modificación de los artículos 1,2,3,4,5,6,9,15,20,24,28,30 Y 32 (para adaptarlos a la nueva denominación de la Fundación) y a los artículos 10, 11 y 13 (referentes al nombramiento de patronos y estructura del patronato) de los estatutos de la «Fundación Popular de Estudios Vascos-Euskal Ikasketetarako Fundazio Popularra », de Bilbao (Bizkaia), acordada por el Patronato de la Fundación el día 6 de mayo de 2013, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el día 20 de mayo de 2013 (que rectifica otra de fecha 23 de noviembre de 2012), ante el Notario don Vicente María del Arenal Otero (números de protocolo: 751 y 1634 respectivamente).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de junio de 2013.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

Josu Iñaki Ercoreca Gervasio.


Análisis documental