Programa de apoyo financiero en los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, SENDOTU

RESUMEN
Título:
Programa de apoyo financiero en los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, SENDOTU
Objeto:

Ayudas destinado a PYMES no cotizadas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de inversiones iniciales y de continuidad (Programa SENDOTU), articulándose las mismas en el marco de la financiación mediante préstamos a conceder por el Instituto Vasco de Finanzas en colaboración con las Entidades Financieras, que constituyen el soporte de las ayudas.

En particular, las líneas de ayuda del Programa SENDOTU que se plantean son las siguientes:

1. Una línea de ayudas a la financiación de riesgo, mediante prestación de garantías, destinadas a PYMES no cotizadas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de inversiones iniciales y de continuidad, que cuente con un Fondo de Garantía financiera para la cobertura de fallidos.

2. Una bonificación de tipos para la reducción del coste financiero a los créditos concedidos en el punto anterior, con cargo al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad en el ámbito de la línea de financiación destinada a PYMES no cotizadas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de inversiones iniciales y de continuidad.

Dotación presupuestaria:

Ayudas a la financiación de riesgo, mediante prestación de garantías financieras: 20.000.000 euros en forma de préstamos a formalizar por el Instituto Vasco de Finanzas, en el marco del Convenio de Colaboración suscrito por dicha entidad, la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y las Entidades Financieras.

Ayudas para la reducción del coste financiero: el importe máximo de ayudas a conceder en forma de bonificación de tipos para la reducción del coste financiero será de 982.000 euros.

Normativa de la convocatoria:
  • Orden de 29 de julio de 2015 (BOPV N 171/2015)

    de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad por la que se establecen ayudas en el marco del programa de apoyo financiero en los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural (Programa Sendotu).

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Desarrollo Económico e Infraestructuras
Órgano convocante:
Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Entidad resolutora:
Desarrollo Económico y Competitividad
Órgano resolutor:
Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Contacto presencial:

Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
Contacto telefónico:

Mario Michel
Teléfono: 945 018 201
Fax: 945 019 701
E-mail: m-michel@euskadi.eus

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz

Zuzenean - Atención Ciudadana

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

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Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz

Zuzenean - Atención Ciudadana

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Programa de apoyo financiero en los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, SENDOTU 2015

Ayudas destinado a PYMES no cotizadas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de inversiones iniciales y de continuidad (Programa SENDOTU), articulándose las mismas en el marco de la financiación mediante préstamos a conceder por el Instituto Vasco de Finanzas en colaboración con las Entidades Financieras, que constituyen el soporte de las ayudas.

En particular, las líneas de ayuda del Programa SENDOTU que se plantean son las siguientes:

1. Una línea de ayudas a la financiación de riesgo, mediante prestación de garantías, destinadas a PYMES no cotizadas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de inversiones iniciales y de continuidad, que cuente con un Fondo de Garantía financiera para la cobertura de fallidos.

2. Una bonificación de tipos para la reducción del coste financiero a los créditos concedidos en el punto anterior, con cargo al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad en el ámbito de la línea de financiación destinada a PYMES no cotizadas de los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y de desarrollo rural, para la financiación de inversiones iniciales y de continuidad.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

1. Podrán ser personas beneficiarias las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que tengan la categoría de PYME no cotizada, que pertenezcan a los sectores agrario, forestal, pesquero, alimentario y del desarrollo rural y que en el momento de la inversión inicial de financiación de riesgo cumplan al menos una de las condiciones siguientes:

- que no hayan operado en ningún mercado;

- que lleven operando en cualquier mercado menos de siete años a partir de su primera venta comercial;

- que necesiten una inversión inicial de financiación de riesgo que, sobre la base de un plan de negocio elaborado con vistas a introducirse en un nuevo mercado geográfico o de productos, sea superior al 50 % de la media de su volumen de negocios anual en los últimos cinco años.

2. Además, también podrán ser personas beneficiarias solo para inversiones de continuidad las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que tengan la categoría de PYME no cotizada, que lleven operando en cualquier mercado más de siete años a partir de su primera venta comercial y que cumplan todas las condiciones siguientes:

- que no se supere el importe total de la financiación de riesgo de 15 millones de euros;

- que en el plan de negocio original estuviera prevista la posibilidad de realizar inversiones de continuidad;

- que la empresa beneficiaria de las inversiones de continuidad no haya quedado vinculada, a tenor del artículo 3, apartado 3, del anexo I, del Reglamento (UE) 651/2014, de la Comisión a otra empresa distinta del intermediario financiero o del inversor privado independiente que proporciona la financiación de riesgo en el marco de la medida, a menos que la nueva entidad cumpla las condiciones de la definición de PYME.

1. En todos los casos, una parte de las necesidades de financiación deberá ser cubierta por financiación privada de, al menos, un 20% de la inversión total, excluidas las financiaciones vinculadas al Convenio de colaboración.

2. Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las Haciendas Forales y con la Seguridad Social.

3. No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 1 párrafo 18 del Reglamento 651/2014, de la Comisión de 17 de junio.

4. Comunicar, si ha solicitado o no y si ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos económicos para el mismo proyecto subvencionable, procedentes de cualquier administración pública o entes, tanto públicos como privados.

5. Comunicar, en la solicitud, si se encuentra incurso o no, en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que se haya podido iniciar en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos.

6. Haber terminado con la obligación de pago de cualquier procedimiento de reintegro.

7. No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halle incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

PRESTACIÓN
Dotación:

Ayudas a la financiación de riesgo, mediante prestación de garantías financieras:

20.000.000 euros en forma de préstamos a formalizar por el Instituto Vasco de Finanzas, en el marco del Convenio de Colaboración suscrito por dicha entidad, la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y las Entidades Financieras.

Ayudas para la reducción del coste financiero:

El importe máximo de ayudas a conceder en forma de bonificación de tipos para la reducción del coste financiero será de 982.000 euros.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Solicitud
Presencial
Formularios:
PRÉSTAMO - Solicitud (Solicitud)

Modelo de solicitud de las ayudas a la financiación de riesgo, mediante prestación de garantías financieras.

INTERESES - Solicitud (Solicitud)

Modelo de solicitud de ayudas para la reducción del coste financiero.

No se podrá solicitar una subvención a los intereses sin tener concedido un préstamo SENDOTU.

Documentación:
  • Alta de tercero (1)

    Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en entidades adheridas a la pasarela de validación de datos bancarios: Kutxabank, Bankoa, Banco Santander, Laboral Kutxa, Caixa Bank y BBVA.

  • Alta de tercero (2)

    Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en el resto de entidades.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
10/09/2015 - 07/12/2016
Fecha límite de presentación:

Hasta que se agote el presupuesto.

Plazo de resolución:

Seis meses desde el día que se abre el plazo de esta convocatoria.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.