Emaitek Plus 2023: Ayudas de apoyo a la actividad no económica de los Centros Tecnológicos y a los Centros de Investigación Cooperativa (CIC) de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

[Emaitek Plus 2023]

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2023 de las ayudas previstas en la Orden de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el programa de ayudas Emaitek Plus de apoyo a la actividad no económica de los Centros Tecnológicos y a los Centros de Investigación Cooperativa (CIC) de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación,(modificada por la orden de 27 de julio de 2017 y por la orden de 18 de julio de 2019) asignándoles financiación a través de la evaluación y el análisis de los resultados de su actividad a nivel global.

Dotación presupuestaria

70.857.145,00 €

Prestación económica

Para los Centros Tecnológicos Multifocalizados 53.851.430,00 euros, que a su vez se subdivide como a continuación se especifica: 

  • Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados, 52.235.887,00 euros.
  • Planes de Actuación de los Centros para alcanzar los objetivos del Cuadro de Mando de indicadores fijados para 2020, 1.615.543,00 euros.

Para los Centros de Investigación Cooperativa, CICs, 17.005.715,00 euros, que a su vez se subdivide como a continuación se especifica: 

  • Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados, 16.495.544,00 euros.
  • Planes de Actuación de los Centros para alcanzar los objetivos del Cuadro de Mando de indicadores fijados para 2020, 510.171,00 euros.

Estos importes podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas y con carácter previo a la resolución de las mismas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas a la I+D+i del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. En tal caso se dará publicidad mediante la correspondiente Resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital.

A quién va dirigido


Centros Tecnológicos y a los Centros de Investigación Cooperativa (CIC) de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Requisitos

  • Las Entidades Beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Consejero/a de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital

Información de contacto


SPRI

Tfno.: 94 403 70 73

e-mail: japinaniz@spri.eus

GOBIERNO VASCO

Tfno: 945 01 82 24

e-mail: a-gandarias@euskadi.eus 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1007810

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, iniciándose a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites