Medidas flexibilizadoras para empresas beneficiarias acogidas a los programas GAUZATU-INDUSTRIA, GAUZATU-IMPLANTACIONES EXTERIORES, BIDERATU, BIDERATU BERRIA e INDARTU, consistentes en el aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables y en la ampliación del periodo de realización de inversión y empleo.
[Medidas flexibilizadoras 2022]
- Organismo:
- Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
- Estado:
Descripción
Objeto
Adoptar medidas flexibilizadoras para garantizar la liquidez y la financiación, así como para evitar problemas de solvencia a las empresas que se enfrentan a retos económicos como consecuencia de la crisis actual ocasionada por la agresión militar rusa contra Ucrania.
Las medidas se dirigen a las empresas beneficiarias de los programas de ayudas, cualquiera que sea su convocatoria:
- Gauzatu-Industria
- Gauzatu-Implantaciones Exteriores
- Bideratu, Bideratu Berria e
- Indartu
Prestación económica
Modalidad de las ayudas
1.– Aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables
- Programas Gauzatu-Industria, Bideratu y Bideratu Berria.
- Aplazar el reintegro de la cuota del mes de julio de 2022.
- Supondrá reajustar el calendario de los siguientes reintegros.
- Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores
- Aplazar el reintegro de la cuota del mes de febrero de 2023.
- Supondrá reajustar el calendario de los siguientes reintegros.
2.- Ampliación del periodo de realización de inversión y empleo
- Programas Gauzatu-Industria e Indartu.
- Ampliación adicional de hasta 6 meses del periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo, a partir de la fecha de su finalización incluida la prórroga ordinaria si la hubiera.
- Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores.
- Aplazamiento hasta 31 de diciembre de 2023. Este aplazamiento no impide que posteriormente se aprueben otras prórrogas que se puedan otorgar de acuerdo con las disposiciones que regulan cada una de las correspondientes concesiones de ayudas.
Modalidad de las ayudas
1.– Aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables
- Programas Gauzatu-Industria, Bideratu y Bideratu Berria.
- Aplazar el reintegro de la cuota del mes de julio de 2022.
- Supondrá reajustar el calendario de los siguientes reintegros.
- Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores
- Aplazar el reintegro de la cuota del mes de febrero de 2023.
- Supondrá reajustar el calendario de los siguientes reintegros.
2.- Ampliación del periodo de realización de inversión y empleo
- Programas Gauzatu-Industria e Indartu.
- Ampliación adicional de hasta 6 meses del periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo, a partir de la fecha de su finalización incluida la prórroga ordinaria si la hubiera.
- Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores.
- Aplazamiento hasta 31 de diciembre de 2023. Este aplazamiento no impide que posteriormente se aprueben otras prórrogas que se puedan otorgar de acuerdo con las disposiciones que regulan cada una de las correspondientes concesiones de ayudas.
A quién va dirigido
Empresas
Requisitos
-
Empresas Beneficiarias y Excluidas
Entidades Beneficiarias
Las empresas beneficiarias de los siguientes programas:
- Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de pymes de base tecnológica y/o innovadoras.
- Bideratu y Bideratu Berria, por el que se establecen ayudas destinadas a la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis.
- Indartu, de ayudas a empresas que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para el impulso de las zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 15 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Gauzatu-Implantaciones Exteriores, de ayudas reintegrables para el impulso a la creación y desarrollo de implantaciones de empresas vascas en el exterior, convocatorias de los ejercicios 2019 y anteriores.
Entidades excluidas
Las beneficiarias de estos programas que no se encuentren al corriente:
- De sus obligaciones fiscales con Hacienda y con la Seguridad Social.
- Con el pago de obligaciones por el reintegro de subvenciones.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Consejero/a de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Organismo que resuelve
- Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Industria > Dirección de Industria y Transición Energética
Información de contacto
GOBIERNO VASCO - Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Dirección de Industria y Transición Energética
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Teléfono: 945 01 82 63, e-mail: d-industria@euskadi.eus
Teléfono: 945 01 99 49, e-mail: ro-murillas@euskadi.eus
Teléfono: 945 01 82 14, e-mail: agus-garcia@euskadi.eus
SPRI- Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial
Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4ª planta
48011 – Bilbao
Tfno.: 944037040
e-mail: icuetara@spri.eus;
e-mail: maguirrezabal@spri.eus
BTI-AGENCIA VASCA DE INTERNACIONALIZACIÓN
Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4.ª planta
48011 – Bilbao
Teléfono: 944037178
e-mail: inmalopez@basquetrade.eus
e-mail: jcanton@basquetrade.eus
Solicitud y aportación de documentación
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12:00 horas del día 30 de noviembre de 2022.
No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 12:00 horas del último día de presentación de solicitudes.
Solicitud Telemática
- Se presentará antes de que venzan los plazos previstos en la resolución de concesión y prórrogas, si las hubiera.
- La solicitud deberá estar firmada por la persona o entidad solicitante.
- Junto a la solicitud, se aportará la documentación soporte que se establece en el artículo 4 de la orden reguladora.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Se recoge en el artículo 4 de la orden reguladora.
1. Para el aplazamiento de las cuotas de reintegros.
- Memoria justificativa de la dificultad de atender el reembolso de la ayuda como consecuencia de la crisis provocada por el conflicto bélico o aumento de los precios de la electricidad y gas.
- Comparación de los costes reales del ejercicio 2021 con la estimación del ejercicio 2022 para justificar el aumento de los precios de las materias primas, los pedidos, etc., afectados por la crisis ocasionada por la invasión rusa.
- Memoria explicativa, cualitativa y cuantitativa, que incluya una valoración económica y financiera.
- Plan de actuación previsto para los próximos meses con el objeto de paliar esos efectos.
- Cuentas anuales auditadas o Impuesto de Sociedades del ejercicio 2021.
2. Para la ampliación del periodo de realización de inversión y empleo
- Memoria justificativa de las inversiones realizadas, que incluya, al menos:
- Una tabla en la que se reflejen las inversiones y gastos ejecutados, así como los gastos pendientes de ejecutar.
- La evolución del empleo hasta el momento de la solicitud (en caso de haberse aplicado un ERTE, adjuntar documentación). El empleo debe desagregarse por sexo.
- Memoria detallada de las dificultades a las que se enfrentan para cumplir con los requisitos de la inversión y empleo en el periodo establecido en la resolución de concesión de la ayuda.
-
Empresas Beneficiarias y Excluidas
Entidades Beneficiarias
Las empresas beneficiarias de los siguientes programas:
- Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de pymes de base tecnológica y/o innovadoras.
- Bideratu y Bideratu Berria, por el que se establecen ayudas destinadas a la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis.
- Indartu, de ayudas a empresas que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para el impulso de las zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 15 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Gauzatu-Implantaciones Exteriores, de ayudas reintegrables para el impulso a la creación y desarrollo de implantaciones de empresas vascas en el exterior, convocatorias de los ejercicios 2019 y anteriores.
Entidades excluidas
Las beneficiarias de estos programas que no se encuentren al corriente:
- De sus obligaciones fiscales con Hacienda y con la Seguridad Social.
- Con el pago de obligaciones por el reintegro de subvenciones.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitido -PDF-) y guardarla en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
1 mes desde la presentación de la solicitud de aplazamiento.
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.