Convocatoria de subvenciones 2019-2021 para la realización de acciones formativas dirigidas a la activación socio laboral de personas jóvenes desempleadas con baja cualificación de la Comunidad Autónoma del País Vasco

[Convocatoria 2019-2021, de las subvenciones para la formación dirigida a la activación socio laboral de personas jóvenes desempleadas con baja cualificación]

Descripción


Objeto

Regulación, para el periodo 2019-2021, de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos formativos generadores de itinerarios de formación de competencias básicas, en competencias socio personales y en competencias técnico profesionales de nivel básico que favorezca el desarrollo personal y la inserción socioprofesional de las personas destinatarias de la formación, así como su acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2.

En las acciones formativas subvencionadas al amparo de esta convocatoria podrán participar las personas jóvenes desempleadas con edades comprendidas entre los 16 y 25 años que no hayan obtenido la ESO y que, por diferentes motivos, no tienen acceso a cursar certificados de profesionalidad de nivel 2, inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, o en otro Servicio Público de Empleo autonómico.

Dotación presupuestaria

1.618.500 euros

Prestación económica

1.618.500 euros de los cuales 407.250 euros corresponden al crédito de pago de 2019, 809.250,00 euros al crédito de compromiso de 2020 y 402.000,00 euros al crédito de compromiso de 2021 del presupuesto de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Concurrencia competitiva en un único procedimiento.

Comisión evaluadora:

  • a) Análisis y evaluación de las solicitudes.
  • b) Propuesta de resolución provisional.
  • c)Publicación en la web de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de esta propuesta provisional, con plazo de 10 días hábiles par ala formulación de alegaciones.
  • d) Examinadas las alegaciones, formulación de propuesta de resolución definitiva.

Director General de Lanbide:

Resolución definitiva, que se publicará en la web de Lanbide-Servicio Vasco de Empleio, así como en el B.O.P.V.

Aceptación de la subvención: 5 días hábiles contados a aprtir de la notificación de la resolución de concesión.

Forma de pago:

La subvención concedida se abonará en tres pagos:

  • a) El primero será por el 50% del bloque A de cada itinerario formativo, una vez que haya comenzado la primera acción formativa de las incluidas en dicho bloque. Si este primer pago superase la cantidad de 180.303,63 euros, la entidad beneficiaria deberá presentar aval bancario, siguiendo las indicaciones que se comunicarán junto con la autorización de vinculación.
  • b)El segundo pago del importe de la liquidación de la subvención del primer bloque más el 50% de la subvención concedida del segundo bloque, una vez liquidado el primer bloque dentro de los plazos previstos en el artículo 3.9 y justificarlas en los términos previstos en el artículo 18. Si este segundo pago superase la cantidad de 180.303,63 euros, la entidad beneficiaria deberá presentar aval bancario, siguiendo las indicaciones que se comunicarán junto con la autorización de vinculación
  • c)El tercer pago una vez finalizado y liquidado el segundo bloque, por el resto de la subvención que corresponda, tras finalizar todas las acciones formativas del segundo bloque dentro de los plazos previstos en el artículo 3.9 y justificarlas en los términos previstos en el artículo 18


 

A quién va dirigido


Las entidades de formación privadas o públicas acreditadas o inscritas con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria

Requisitos:

  • Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación. Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario ''Otras fuentes de financiación'' junto con la solicitud.

Requisitos

  • Acreditada, en el Registro de entidades a fecha de publicación de esta convocatoria, al menos uno de los Certificados de Profesionalidad de cada uno de los itinerarios formativos solicitados.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos,

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.

  • Disposición de los medios personales y materiales

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

  • La solicitud reúne los requisitos exigidos en la norma reguladora de la ayuda

  • La acreditación y/o inscripción del resto de Certificados de Profesionalidad y especialidades de competencias básicas incluidos en cada itinerario formativo deberá efectuarse con anterioridad al inicio de la primera de las acciones formativas

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo cofinanciador

  • Fondo Social Europeo (FSE)

Información de contacto


  • Herritarrei Arreta emateko Zerbitzua / Servicio de Atención a la Ciudadanía 945 160 600 / 630305452 (Informazio orokorra / Información general)
  •  Erakundeei eta Enpresei Arreta emateko Zerbitzua / Servicio de Atención a Entidades y Empresas 945 160 601 (Informazio orokorra / Información general)

Código

10804

Solicitud y aportación de documentación


Documentación a aportar junto con la solicitud:

-Se tramitarán de forma electrónica, mediante la aplicación informática de formación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (LAN-F). Aquellas entidades que no tengan acceso a esta aplicación podrán solicitarlo a través de la página web de Lanbide www.lanbide.euskadi.eus

-Se solicitarán por itinerarios completos, seleccionando el número de itinerario de cada Territorio, que se recoge en el Anexo I, adjuntando:

a) Declaración responsable sobre la disposición de medios personales y materiales para llevar a cabo las acciones formativas para las que se solicita la ayuda o el compromiso de disponer de ellos.

b) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

c) Proyecto formativo para el que se solicita la ayuda

Aquellas entidades que no tengan acceso a esta aplicación podrán solicitarlo a través de la página web de Lanbide

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Cuatro meses desde la fecha en que comience el plazo de prestación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución a la entidad interesada, se entenderá desestimada la solicitud de subvención.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.