Becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario 2019

[becas-formacion]

Descripción


Objeto

Becas y ayudas para realización de planes de formación el ámbito de la salud, que se inicien en 2019:

  • Becas y ayudas para la realización de estancias y actividades formativas en centros extranjeros.
  • Becas y ayudas para la realización, en centros universitarios estatales, de actividades formativas dirigidas a la adquisición de competencias avanzadas en cuatro áreas específicas: gestión sanitaria, salud pública, cuidados paliativos y Medicina Familiar Comunitaria. Las actividades formativas deberán tener la categoría de Postgrado (títulos oficiales o propios) con una carga académica mínima de 60 créditos ECTS.

Dotación presupuestaria

108.010 €

Prestación económica

Límite prestación

La dotación máxima de la beca, será de 1.500 euros mensuales. La dotación económica para matrícula no superará la cantidad de 8.000 €, la de alojamiento será inferior a 1.000 € mensuales manutención 500 euros y la otorgada para viajes y material no será mayor que 2.000 €.

Forma de pago:

El 75% de la totalidad de la ayuda se abonará en el momento de la concesión, el 25% restante al finalizar el periodo formativo tras enviar en el plazo máximo de dos meses de finalizar la actividad formativa, la documentación justificativa exigida en la Orden.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Estar empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con, al menos, un año de anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Estar en posesión de titulación universitaria superior o media.

Requisitos

  • Documentos que deben acampañar a la solicitud | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud / Viceconsejería de Salud > Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0086106

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La tramitación puede iniciarse por cualquiera de los canales marcados en las pestañas. El inicio de la tramitación, no obliga a continuar la tramitación por el mismo canal. La continuación de la tramitación, si el canal elegido es el presencial se detalla en esta ficha. Si es el telemático se realiza a través de "Mi carpeta".

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


A los efectos de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, las entidades deberán presentar la documentación que aparece en esta ficha a través de cualquiera de los dos canales especificados: presencial (en esta misma ficha se mencionan los lugares autorizados) ó telemático (en euskadi.net desde "Mi carpeta").

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Anexo III. Cuestionario sobre el grado de satisfacción

Otros trámites