Ayudas a asociaciones profesionales y empresariales del sector del transporte por carretera 2019

Descripción


Objeto

Establecer un mecanismo de concesión de ayudas económicas con destino a las asociaciones profesionales y empresariales, así como a sus federaciones y confederaciones, y a las federaciones y confederaciones de cooperativas del sector del transporte por carretera y actividades auxiliables de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria

63.750 €

Prestación económica

Límite:

  1. Serán subvencionables para el año 2019, hasta el límite del 50% que se indica a continuación, los siguientes gastos:
    1. Los destinados a la realización de estudios y actividades formativas y de carácter experimental dirigidas al fomento y mejora de las condiciones del ejercicio de la actividad y condiciones socioeconómicas del sector del transporte.
    2. Los dirigidos al fomento de la internacionalización de sus asociados y a la participación y organización de ferias y certámenes sobre transportes, tanto autonómicos, como estatales o internacionales.
    3. Los destinados a elementos de promoción y difusión de las actividades de la asociación y de noticias relacionadas con el transporte
    4. Los siguientes gastos generales relacionados con la consecución de los fines:
      • Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas
      • Gastos de viaje realizados en transporte público
      • Arrendamientos y cánones
      • Servicios de profesionales independientes que no sean miembros de los órganos de la entidad solicitante
      • Seguros
      • Comunicaciones
      • Material de oficina, fotocopias e imprenta
      • Suministros
      • Cuotas por pertenencia a otras entidades
  2. En ningún caso se podrán otorgar ayudas por una cuantía superior a 20.000 euros a una misma persona beneficiaria.

Forma de pago:

El abono de la ayuda concedida se efectuará mediante un único pago una vez realizados y justificados documentalmente la totalidad de los gastos objeto de subvención mediante la presentación de las correspondientes facturas o documentos acreditativos del gasto subvencionable, que en todo caso deberán aportarse con anterioridad al 30 de noviembre de 2019.
 

A quién va dirigido


Asociaciones profesionales y empresariales del sector del transporte por carretera que tengan por objeto la representación y defensa de los intereses del sector del transporte y estén integradas por empresas y/o profesionales del transporte.

Requisitos

  • Requisitos del colectivo beneficiario

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes > Dirección de Planificación del Transporte

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes > Dirección de Planificación del Transporte

Información de contacto


GOBIERNO VASCO

Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras

Dirección de Planificación del Transporte

C/ Donostia-San Sebastián, 1

01010

Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945019714

e-mail: DT-Trans@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0029304

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La tramitación puede iniciarse por cualquiera de los canales marcados en las pestañas (presencial y telemático). El inicio de la tramitación, no obliga a continuar la tramitación por el mismo canal.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a partir de la fecha de publicación en el BOPV de la Orden de convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites