Asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado de segundo ciclo de E. Infantil, E. Primaria y ESO para el curso escolar 2018/2019.

[TRANSP-ESCOLAR]

Descripción


Objeto

Se convocan asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado matriculado en el curso 2018/2019 en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros públicos de enseñanza, así como en los centros privados en los casos contemplados en el artículo 4.1.a) de la presente Orden, según lo dispuesto en el Decreto 69/2015, de 19 de mayo, sobre el transporte escolar del alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco financiado por el departamento competente en materia educativa.

Dotación presupuestaria

1.000.000 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de las ayudas concedidas se realizará de una sola vez, tras la resolución de la convocatoria, remitiéndose el importe total a los centros donde cursen los estudios los alumnos y alumnas beneficiarios/as.

A quién va dirigido


Alumnado de segundo ciclo de E. Infantil, E. Primaria y E. Secundaria obligatoria

Requisitos:

  • Podrá acogerse a esta convocatoria el alumnado que cumpla simultáneamente los siguientes requisitos:

Requisitos

  • No hallarse sancionado penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se encuentre incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Cumplir con los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvención con excepción a lo establecido en el 13.2.e) de la citada Ley debido a la naturaleza de la subvención que se concede.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Administración y Servicios

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0168903

Solicitud del alumnado


Las solicitudes, debidamente cumplimentadas por el representante legal del alumando, se presentarán de manera electrónica o en formato papel (Anexo I: modelo de solicitud) ante el director o la directora del centro docente donde el alumno o alumna curse los estudios o en las dependencias a las que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOPV.

Plazo: 29/12/2018 - 28/01/2019

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Acceso a la solicitud

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución definitiva y la notificación de las ayudas se realizará en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el BOPV, salvo en los casos contemplados en el artículo 6.4 de esta orden, que se resolverán antes del 29 de junio de 2019.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Solicitud del centro


Plazo: 29/01/2019 - 11/02/2019

Otros trámites