Departamento de Cultura y Política Lingüística

Subvenciones para la organización de competiciones deportivas de alto nivel en el año 2018.

[Subvenciones organización alto nivel 2018 ]

Descripción


Objeto

La presente Orden establece el régimen de concesión de subvenciones para la organiza­ción de competiciones deportivas de alto nivel que se realicen o inicien en el año 2018, en los términos que este artículo recoge. A efectos de esta convocatoria se entenderá por competiciones deportivas de alto nivel aquellas competiciones de ámbito y carácter internacional que cumplan los siguientes requisitos:

● Deberán estar incluidas en el calendario oficial de una Federación Internacional, Federación Europea o Liga Profesional de carácter internacional.

● En el caso de competiciones de ámbito mundial deberán participar en la misma, deportis­tas de dos o más continentes.

● En todas las competiciones deberá haber una participación de deportistas de dos países o más.

● En el caso de competiciones con formato de circuito o liga, deberán organizarse en dos o más países diferentes.

En relación con la modalidad deportiva tenis, se considerará objeto de la subvención la organi­zación de competiciones deportivas incluidas en el calendario oficial de la Federación Europea, de la Asociación de Tenis Profesional (ATP) y de la Federación Internacional de Deporte Adaptado.

En relación con la modalidad deportiva surf, se considerará objeto de la subvención la organiza­ción de competiciones deportivas incluidas en el calendario oficial de la Asociación Internacional, de la Federación Europea, y de la Asociación de Surfistas Profesionales (ASP).

En relación con la modalidad deportiva boxeo, se considerará objeto de la subvención la organización de competiciones deportivas de alto nivel en las que se pueda obtener un título oficial internacional.

2. – Las subvenciones que se concedan para las competiciones que se inicien en el año 2018 se destinarán a financiar exclusivamente gastos correspondientes a dicho ejercicio.

3. – Quedarán excluidas de esta Orden las competiciones con carácter de exhibición o espectá­culo deportivo y aquellas que no tengan ámbito y carácter internacional.

4. – Será requisito indispensable para la obtención de subvenciones la utilización de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca en el desarrollo de la competición propuesta y en concreto en todo lo concerniente a publicidad y documentación (correspondencia, carteles, folletos, programas, megafonía, etc.)

5. – En cualquier caso, no podrán acogerse a esta modalidad de subvenciones, y quedarán por tanto excluidos, los proyectos que no garanticen la igualdad de trato entre los dos sexos.

 




 

Dotación presupuestaria

204000 euros

Prestación económica

 1.– Nivel de la competición o prueba (hasta 50 puntos):

– Campeonatos del Mundo: 50 puntos.

– Campeonato de Europa: 45 puntos

– Campeonato del Mundo con formato de circuito o liga: 30 puntos

– Copa del Mundo: 35 puntos

– Pruebas internacionales de máxima categoría: 30 puntos.

 2.– Categoría absoluta (10 puntos).
Aquellas solicitudes que acrediten que la competición es de categoría absoluta obtendrán 10 puntos; si no lo es: 0 puntos.

3.– Inclusión de la competición en el programa olímpico (10 puntos).
Aquellas solicitudes que acrediten que la competición está dentro del programa olímpico obtendrán 10 puntos; si no existe dicha inclusión: 0 puntos.
 
4.– Participación de deportistas vascos y vascas de alto nivel en la competición (5 puntos). Para valorar este criterio se considerarán deportistas vascos y vascas de alto nivel quienes se reconozcan como deportistas de alto nivel por las listas del Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco.
Aquellas solicitudes que acrediten que participan en la competición uno, una o más deportistas de alto nivel obtendrán 5 puntos; si no existe dicha participación: 0 puntos.

5.– Número de ediciones de la competición (hasta 20 puntos): contando la edición del año 2018.
El reparto de puntos se hará en función del número de ediciones en base a la siguiente tabla:
 
● Más de 50 ediciones: 20 puntos.
 
● 41-50: 15 puntos.
 
● 31-40: 10 puntos.

● 16-30: 5 puntos.

● 1-15: 0 puntos.

6.– Inclusión en el programa de la competición deportiva de alto nivel, para la que se solicita la subvención, de otras actividades de deporte de competición de menor nivel y/o de participación (5 puntos).
     Cuando sean competiciones que fomenten la participación femenina en aquellos deportes en los que las mujeres estén infrarrepresentadas (10 puntos).
 
7.– Todas aquellas pruebas organizadas por entidades no reconocidas por el Comité Olímpico Internacional serán valoradas conforme a lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo según lo establecido para otras pruebas internacionales.
 
8.– La subvención por actividad no podrá superar la cantidad de veinte mil (20.000) euros.
 
9.– Si como consecuencia de la aplicación del límite establecido en el apartado anterior no se utilizara todo el importe asignado conforme al reparto realizado según los criterios de valoración establecidos en la presente Orden, se podrán realizar los ajustes necesarios para repartir el excedente entre aquellas beneficiarias a las que sí sea posible asignar importes complementarios.

 

 

 

         

 

Forma de pago:

El abono de la subvención se efectuará en dos pagos, el primero, por el cincuenta por ciento de la cantidad subvencionada, una vez notificada la resolución de adjudicación y  transcurrido el plazo de aceptación; y el segundo, por el cincuenta por ciento restante, a partir del 1 de enero de 2019, tras la justificación de la competición subvencionada,  debiéndose realizar esta última con antelación al 31 de marzo de 2019.

A quién va dirigido


Federaciones deportivas vascas

Clubes deportivos

Agrupaciones deportivas

Sociedades mercantiles con objeto deportivo

Otras entidades organizadoras actividades deportivas

EntidadesLocales

Requisitos

  • Memoria de actividad | Junto a la solicitud deberá presentarse memoria de la actividad
  • Presupuesto | Junto con la solicitud deberá presentarse el presupuesto desglosado y detallado de ingresos y gastos de la actividad.
  • Junto con la memoria de la actividad deberá presentarse, en el caso de competiciones con formato de circuito o liga, el calendario de todas las pruebas y el lugar de celebración de las mismas.
  • Junto con la memoria de la actividad deberá presentarse copia del calendario oficial de la Federación Internacional, Federación Europea o liga pro¬fesional internacional en la que se incluye la competición para la que se solicita la subvención o enlace URL en el que pueda consultarse dicho calendario.
  • Junto con la memoria de la actividad deberá presentarse documento en el que se autorice la celebración de la competición internacional por parte del Consejo Superior de Deportes.
  • Junto con la memoria de la actividad deberá presentarse, si la competición ya se ha celebrado, resultados oficiales, determinando el número de continentes, países y deportistas participantes. Si la competición no se ha celebrado, resultados oficiales del año precedente y previsión de los deportistas que participarán en la competición.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse documentación que acredite la participación de deportistas vascos y vascas de alto nivel en la competición, reconocidos por las listas del Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco. En el caso de que en el momento de presentar la solicitud la competición ya se haya celebrado: el acta arbitral y los documentos que acrediten el número de deportistas vascos y vascas de alto nivel que se relacionen en dicho acta. Si en el momento de presentar la solicitud no se ha celebrado la competición: una previsión de los deportistas vascos y vascas que cumplan este criterio que participarán en la competición y documentación que acredite que tienen la consideración de alto nivel. En el caso de que la competición se haya celebrado en años precedentes, el acta arbitral y los documentos que acrediten el número de deportistas vascos y vascas de alto nivel de la última competición celebrada.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse el programa de la competición, acreditando, si las hubiera, otras actividades de deporte de competición de menor nivel y/o de participación.
  • Documentación complementaria que se desee presentar al efecto de valorar la solicitud.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse, en los casos de desarrollo de la actividad mediante colaboración o convenio con otras entidades públicas o privadas, copia del convenio o contrato que respalde el referido desarrollo. En este caso podrá requerirse, respecto a la entidad organizadora no solicitante, la documentación que en los apartados precedentes se establecen.
  • Obligaciones de las beneficiarias

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Actividad Física y Deporte

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0096007

Solicitud y aportación de documentación


Documentación explicativa de la actividad a presentar junto con la solicitud.

1.– Memoria de la actividad (anexo II).
● Copia del calendario oficial de la Federación Internacional, Federación Europea o liga profesional internacional en la que se incluye la competición para la que se solicita la subvención o enlace URL en el que pueda consultarse dicho calendario.
● Documento en el que se autorice la celebración de la competición internacional por parte del Consejo Superior de Deportes. Si la competición no se ha realizado en el momento de la entrega de la solicitud el documento arriba mencionado se entregará cuando sea emitido por el CSD.
● En el caso de competiciones con formato de circuito o liga, adjuntar el calendario de todas las pruebas y el lugar de celebración de las mismas.
● Si la competición ya se ha celebrado, adjuntar resultados oficiales, determinando el número de continentes, países y deportistas participantes. Si la competición no se ha celebrado, adjuntar resultados oficiales del año precedente y previsión de los deportistas que participarán en la competición.
2.– Documentación que acredite la participación de deportistas vascos y vascas de alto nivel en la competición, reconocidos por las listas del Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco.
En el caso de que en el momento de presentar la solicitud la competición ya se haya celebrado: el acta arbitral y los documentos que acrediten el número de deportistas vascos y vascas de alto nivel que se relacionen en dicho acta.
Si en el momento de presentar la solicitud no se ha celebrado la competición: una previsión de los deportistas vascos y vascas que cumplan este criterio que participarán en la competición y documentación que acredite que tienen la consideración de alto nivel.
En caso de que en años anteriores se hubieran celebrado ediciones precedentes de la misma competición para la que se solicita subvención en la presente convocatoria, el acta arbitral y los documentos que acrediten el número de deportistas vascos y vascas de alto nivel de la última competición celebrada.
3.- El programa de la competición, acreditando, si las hubiera, otras actividades de deporte de competición que fomenten la participación femenina. Igualmente se acreditarán otras actividades de menor nivel y/o de participación si es que se realizan.
4.– Presupuesto desglosado y detallado de ingresos y gastos de la actividad (anexo III).
5.– En los casos de desarrollo de la actividad mediante colaboración o convenio con otras entidades públicas o privadas, copia del convenio o contrato que respalde el referido desarrollo. En este caso podrá requerirse, respecto a la entidad organizadora no solicitante, la documentación que en los apartados precedentes se establecen.
 

6.– Documentación complementaria que se desee presentar al efecto de valorar la solicitud.
 

7.– Toda la documentación aportada deberá incluir un lenguaje inclusivo y no sexista. Además todos los datos aportados han de ser desagregados por sexo.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria será dictada y notificada, a la vista de la propuesta elevada por la Comisión de Valoración, por el Consejero de Cultura y Política lingüística en el plazo de seis meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden de convocatoria. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de su general conocimiento.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Las justificaciones se presentarán por medios electrónicos antes del 31 de marzo de 2019, siguiendo las pautas establecidas en el artículo 5 de la presente Orden y teniendo en cuenta lo  establecido en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones para la presentación de justificaciones. También podrán presentarse en los registros auxiliares de la CAPV (recogidos en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos  Autónomos) o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación justificativa:

a) Memoria de ejecución de la actividad, que incluya referencias al menos a las cuestiones que son objeto de valoración en la Orden, presentando todos los datos desagregados por sexos.

b) Si la competición ha tenido lugar con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, actas arbitrales y programa definitivo de la competición.

c) Los gastos se acreditarán mediante facturas originales y demás documentos originales de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia  administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente.

La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. La acreditación se realizará por una cuantía equivalente al importe total de la actividad subvencionada.

d) Ejemplares de cuanta documentación recoja la expresa mención del apoyo del Departamento de Cultura y Política Lingüística de acuerdo con las condiciones establecidas en la resolución de concesión.

e) Documentación acreditativa de la utilización de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el desarrollo de la actividad o programa.

f) Balance definitivo de cuentas del coste del evento, recogiendo todos los ingresos y gastos, especialmente la relación de cualesquiera otras ayudas con destino al mismo objeto, de cuya efectividad no se tuviera conocimiento en el momento de presentación de las solicitudes (anexo IV).

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites