Subvenciones por el desarrollo de programas de promoción de la interculturalidad dirigidos al alumnado inmigrante y de refuerzo lingüístico del alumnado de reciente incorporación (2018-2019).

[KULTURARTE ITUNPEKOA]

Descripción


Objeto

Establecer las bases y convocar las subvenciones por la coordinación de la perspectiva intercultural en los centros de enseñanza y por la ejecución de programas de refuerzo lingüístico a alumnado de reciente incorporación que presente dificultades comunicativas importantes relacionadas con el desconocimiento de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca y que requiera un plan de refuerzo lingüístico durante el curso 2018-2019.

Dotación presupuestaria

1.698.000 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de las subvenciones a los centros beneficiarios se realizará fraccionadamente mediante dos libramientos:

a) El primero, por valor del 80% de la subvención que corresponda a cada centro beneficiario, tras la Resolución de la convocatoria, una vez transcurrido el plazo al que se refiere el artículo 14.1.a) de esta Orden, sin haber mediado renuncia expresa.

b) Recibida, en plazo, la documentación a que se refiere el siguiente apartado se procederá a la liquidación de la ayuda. Del total resultante, que no podrá ser superior al reconocido en la resolución ni al gasto total incurrido, se deducirá la cuantía del primer pago y, en su caso, se abonará o reclamará la diferencia.

A quién va dirigido


Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Requisitos:

  • Centros privados con unidades concertadas en Educación Primaria y/o Secundaria obligatoria.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Acreditar suficiente poder de representación
  • Acreditar que el centro educativo está legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente

Centros que imparten Formación Profesional Básica

Requisitos:

  • Ser un centro privado o de titularidad municipal que recibe subvenciones del Departamento de Educación por la impartición de la Formación Profesional Básica ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Estar legalmente constituida

  • Tener suficiente poder de representación

Requisitos

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes tanto públicos como privados.

  • No encontrarse en las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Este requisito ha de mantenerse hasta el momento de la liquidación de la subvención concedida.

  • Programas para la promoción de la interculturalidad: la matrícula del alumnado entre 6 y 16 años ha de contar con un porcentaje de inmigrantes superior al 17%, quedando excluidos los centros que hayan dispuesto de este recurso durante tres o más años.
  • Refuerzo lingüístico al alumnado de reciente incorporación: tener un mínimo de 3 ARI.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Innovación Educativa

Información de contacto


Código

0042906

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución y notificación de las ayudas se realizará en un plazo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Con anterioridad al 15 de septiembre de 2019.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites