Subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2018
[Subvenciones federaciones deportivas 2018]
- Estado:
Descripción
Objeto
El Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, tiene por objeto regular el régimen de financiación de las federaciones deportivas mediante la concesión de subvenciones no reintegrables para sus programas deportivos anuales (BOPV nº 249, de 30 de diciembre de 2000). El artículo 3 del mencionado Decreto 287/2000 establece que anualmente, mediante Orden de la Consejera de Cultura, actualmente Consejero de Cultura y Política Lingüística se efectuará la correspondiente convocatoria para acogerse a las ayudas reguladas en el citado Decreto, en el que se concretará la dotación presupuestaria, el lugar y los plazos para la presentación de las solicitudes, la documentación que deben aportar las entidades solicitantes de las ayudas, la ponderación de los criterios de cuantificación de las ayudas así como el plazo y la documentación a aportar para la justificación de la ayuda.
Dotación presupuestaria
2.445.000Prestación económica
El importe de la subvención a conceder a las federaciones que se acojan a la convocatoria regulada en la presente Orden se calculará mediante la suma de las siguientes cantidades:
1.- El cincuenta por ciento (50%) de la subvención que hubieren obtenido para financiar sus programas deportivos del 2017, al amparo de de la Orden de 20 de diciembre de 2016 del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula la convocatoria de subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2017.
2.- Una vez determinadas las cantidades correspondientes a cada federación solicitante, de acuerdo con el apartado anterior, el importe global de las mismas se detraerá del que se indica en el artículo 4 de la presente Orden, distribuyéndose la cantidad resultante con arreglo a los siguientes criterios:
a) Programa deportivo (60% de los puntos).
Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.
- Actividades de formación deportiva.
- Existencia del cargo de Director/a Técnico/a.
- Actividades organizadas por las federaciones orientadas al deporte de participación (deporte de recreación,
ocio y salud). - Actividades de las selecciones deportivas.
- Carácter autóctono de la modalidad deportiva.
b) Número de deportistas con licencia federada y uso de la plataforma Kirol-lizentziak (5% de los puntos).
c) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskera y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente en euskera. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
d) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 0,00% - 49,99%: 0 puntos
- 50,00% - 74,99%: 2 puntos
- Más del 75,00%: 5 puntos
e) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
N.º deportistas Puntos 1-3 2 4-6 4 más de 6 5
f) «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente (5% de los puntos).
g) Acciones desarrolladas por la Federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres (10% de los puntos).
3.- Efectuada la valoración descrita en el apartado anterior, el porcentaje que la puntuación alcanzada por cada federación represente del total obtenido por todas las federaciones se aplicará a la cantidad total resultante a la que se refiere en el punto 2 de este artículo, para la determinación del importe restante de la subvención correspondiente a cada federación.
Forma de pago:
1.- Previa verificación de los requisitos para ser beneficiarios de la subvención y una vez presentada la solicitud de subvención junto con la totalidad de la documentación exigida en el artículo 3 de la presente Orden, se librará un primer pago anticipado, mediante resolución del Director de Actividad Física y Deporte en la que se determinará el importe que con carácter anticipado recibirá cada beneficiario, de acuerdo con el régimen de libramientos establecido en el artículo 5 del Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, por el que se regula la concesión desubvenciones para los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas.
2.- El segundo pago anticipado se librará, mediante resolución del Director de Actividad Física y Deporte, una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, por un importe equivalente al 25% de la subvención del mencionado año.
3.- El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.
El importe de la subvención a conceder a las federaciones que se acojan a la convocatoria regulada en la presente Orden se calculará mediante la suma de las siguientes cantidades:
1.- El cincuenta por ciento (50%) de la subvención que hubieren obtenido para financiar sus programas deportivos del 2017, al amparo de de la Orden de 20 de diciembre de 2016 del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula la convocatoria de subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2017.
2.- Una vez determinadas las cantidades correspondientes a cada federación solicitante, de acuerdo con el apartado anterior, el importe global de las mismas se detraerá del que se indica en el artículo 4 de la presente Orden, distribuyéndose la cantidad resultante con arreglo a los siguientes criterios:
a) Programa deportivo (60% de los puntos).
Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:
- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.
- Actividades de formación deportiva.
- Existencia del cargo de Director/a Técnico/a.
- Actividades organizadas por las federaciones orientadas al deporte de participación (deporte de recreación,
ocio y salud). - Actividades de las selecciones deportivas.
- Carácter autóctono de la modalidad deportiva.
b) Número de deportistas con licencia federada y uso de la plataforma Kirol-lizentziak (5% de los puntos).
c) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskera y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente en euskera. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.
- Cursos de formación impartidos en euskara.
- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
- Página Web en euskara.
- Atención al público en euskara.
- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
d) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
- 0,00% - 49,99%: 0 puntos
- 50,00% - 74,99%: 2 puntos
- Más del 75,00%: 5 puntos
e) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:
N.º deportistas | Puntos |
---|---|
1-3 | 2 |
4-6 | 4 |
más de 6 | 5 |
f) «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente (5% de los puntos).
g) Acciones desarrolladas por la Federación para eliminar desigualdades, fomentar la participación femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombres (10% de los puntos).
3.- Efectuada la valoración descrita en el apartado anterior, el porcentaje que la puntuación alcanzada por cada federación represente del total obtenido por todas las federaciones se aplicará a la cantidad total resultante a la que se refiere en el punto 2 de este artículo, para la determinación del importe restante de la subvención correspondiente a cada federación.
1.- Previa verificación de los requisitos para ser beneficiarios de la subvención y una vez presentada la solicitud de subvención junto con la totalidad de la documentación exigida en el artículo 3 de la presente Orden, se librará un primer pago anticipado, mediante resolución del Director de Actividad Física y Deporte en la que se determinará el importe que con carácter anticipado recibirá cada beneficiario, de acuerdo con el régimen de libramientos establecido en el artículo 5 del Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, por el que se regula la concesión desubvenciones para los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas.
2.- El segundo pago anticipado se librará, mediante resolución del Director de Actividad Física y Deporte, una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, por un importe equivalente al 25% de la subvención del mencionado año.
3.- El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.
A quién va dirigido
Federaciones deportivas vascas
Requisitos:
-
Declaración responsable de que la entidad solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
Ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febreo, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
-
Declaración responsable de que la entidad solicitante no está incursa en un procedimiento de reintegro o sancionador.
Que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Requisitos generales
-
Presupuesto anual de la entidad aprobado por la Asamblea General para el ejercicio 2018.
Dicho presupuesto podrá ser presentado por la Junta Directiva u órgano designado por la Asamblea General de forma previa, con el compromiso de ser posteriormente ratificado por dicha Asamblea General.
-
Certificación expedida por el secretario o secretaria de la correspondiente Federación, de cualesquiera otras ayudas solicitadas o que estime recibir la beneficiaria.
Con mencón de la entidad pública o privada, que las otorgue, así como importe y estado de la misma (denegada, pendiente de resolución, concedida)En caso contrario, documento declarativo de no haber solicitado o percibido ninguna otra ayuda para los programas presentados a subvención.
-
Memoria explicativa del programa deportivo.
-Competiciones deportivas oficiales organizadas por la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
-Actividades de formación deportiva. Relación de las actividades a desarrollar, estimación sobre el número de horas y número de participantes.
-Existencia del cargo de Director/a Técnico/a. Titulación, nivel de dedicación en horas y tipo de vínculo con la federación.
-Actividades organizadas por las federaciones orientadas al deporte de participación (deporte de recreación, ocio y salud).
-Actividades de las selecciones deportivas.
-Carácter autóctono de la modalidad deportiva.
- Relación de deportistas de alto nivel afiliados a la Federación a 31 de diciembre de 2017.
-
Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la Federación.
-Cursos de formación impartidos en euskara.
-Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
-Página Web en euskara.
-Atención al público en euskara.
-Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
-Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
-Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
-
El calendario para sus competiciones oficiales propias, firmado por el secretario o secretaria, con el visto bueno del presidente o presidenta de la Federación.
En caso de no haber sido aprobado en la fecha de aportación de la documentación para la solicitud de la subvención se podrá enviar el calendario previo que se enviará a la Asamblea General. Una vez aprobado por ésta se enviará el calendario definitivo.
-
Documento expedido por el secretario o secretaria y firmado por el presidente o presidenta en el que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participacion femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombes.
Así como la composición de la Junta Directiva, desagregada por sexo.
- Certificado del número de licencias tramitadas a 31 de diciembre de 2017, así como uso del programa Kirol-lizentziak.
-
Certificado que incluya la documentación económica de la federación.
1. Balance a 31 de diciembre de 2017
2. Tesorería neta a 31 de diciembre de 2017
3. Deudas con entidades financieras a 31 de diciembre de 2017
4. Cuenta de beneficios/pérdidas de los dos últimos ejercicios.
-
«Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit o equivalente.
Que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada.
Normativa
Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
-
Presupuesto anual de la entidad aprobado por la Asamblea General para el ejercicio 2018.
Dicho presupuesto podrá ser presentado por la Junta Directiva u órgano designado por la Asamblea General de forma previa, con el compromiso de ser posteriormente ratificado por dicha Asamblea General.
-
Certificación expedida por el secretario o secretaria de la correspondiente Federación, de cualesquiera otras ayudas solicitadas o que estime recibir la beneficiaria.
Con mencón de la entidad pública o privada, que las otorgue, así como importe y estado de la misma (denegada, pendiente de resolución, concedida)En caso contrario, documento declarativo de no haber solicitado o percibido ninguna otra ayuda para los programas presentados a subvención.
-
Memoria explicativa del programa deportivo.
-Competiciones deportivas oficiales organizadas por la Federación. Estimación sobre el número de competiciones por especialidad o disciplina y categoría, indicándose el número de deportistas y de clubes participantes y el porcentaje de clubes participantes en relación con el número total de clubes afiliados a la federación.
-Actividades de formación deportiva. Relación de las actividades a desarrollar, estimación sobre el número de horas y número de participantes.
-Existencia del cargo de Director/a Técnico/a. Titulación, nivel de dedicación en horas y tipo de vínculo con la federación.
-Actividades organizadas por las federaciones orientadas al deporte de participación (deporte de recreación, ocio y salud).
-Actividades de las selecciones deportivas.
-Carácter autóctono de la modalidad deportiva.
- Relación de deportistas de alto nivel afiliados a la Federación a 31 de diciembre de 2017.
-
Memoria explicativa del régimen de utilización del euskara en la Federación.
-Cursos de formación impartidos en euskara.
-Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.
-Página Web en euskara.
-Atención al público en euskara.
-Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.
-Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.
-Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.
-
El calendario para sus competiciones oficiales propias, firmado por el secretario o secretaria, con el visto bueno del presidente o presidenta de la Federación.
En caso de no haber sido aprobado en la fecha de aportación de la documentación para la solicitud de la subvención se podrá enviar el calendario previo que se enviará a la Asamblea General. Una vez aprobado por ésta se enviará el calendario definitivo.
-
Documento expedido por el secretario o secretaria y firmado por el presidente o presidenta en el que se haga constar las acciones desarrolladas por la federación para eliminar desigualdades, fomentar la participacion femenina y promover la igualdad entre mujeres y hombes.
Así como la composición de la Junta Directiva, desagregada por sexo.
- Certificado del número de licencias tramitadas a 31 de diciembre de 2017, así como uso del programa Kirol-lizentziak.
-
Certificado que incluya la documentación económica de la federación.
1. Balance a 31 de diciembre de 2017
2. Tesorería neta a 31 de diciembre de 2017
3. Deudas con entidades financieras a 31 de diciembre de 2017
4. Cuenta de beneficios/pérdidas de los dos últimos ejercicios.
-
«Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit o equivalente.
Que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada.
-
Declaración responsable de que la entidad solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
Ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febreo, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
-
Declaración responsable de que la entidad solicitante no está incursa en un procedimiento de reintegro o sancionador.
Que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mis Gestiones.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes.
Resolución y recursos
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Justificación
Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mis Gestiones.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para desistir del procedimiento, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para solicitar la renuncia, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
No se requiere documentación para este trámite.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.