Subvenciones dirigidas a la edición de materiales didácticos de niveles no universitarios impresos en euskera (EIMA 1 - 2018)

[EIMA 1]

Descripción


Objeto

Convocar subvenciones dirigidas a la edición de materiales didácticos impresos en euskera para su uso en los niveles no universitarios.

Dotación presupuestaria

500.000 (euro)

Prestación económica

La subvención en ningún caso será superior al 80% de los gastos subvencionables.

Forma de pago:

  1. En el primer pago se abonará el 60% de la ayuda, tras notificar la resolución y verificar que la entidad beneficiaria ha aceptado la subvención concedida.
  2. El 40% restante se abonará tras justificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente orden, siempre a partir del 1 de enero de 2019.

A quién va dirigido


Asociaciones

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar que la asociación, federación o confederación está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Elaborar y publicar materiales didácticos impresos en euskera.

Fundaciones

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar que la fundación está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Elaborar y publicar materiales didácticos impresos en euskera.

Personas jurídicas privadas

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Elaborar y publicar materiales didácticos impresos en euskera.

Sociedad cooperativa

Requisitos:

  • Para acreditar que la cooperativa está legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Elaborar y publicar materiales didácticos impresos en euskera.

Requisitos

  • Para acreditar la descripción técnica del proyecto presentado | Realizar la descripción técnica del proyecto.
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Cumplir las condiciones y los requisitos establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Observar cualquier obligación exigible, conforme a lo previsto en el artículo 50.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.
  • Cumplir los requisitos legales relativos a la propiedad intelectual, derechos de autor o autora, Depósito Legal e ISBN.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No es una empresa en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO, C 249, 31-07-2014).
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Educación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0031609

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Dicha resolución será publicada en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco en el plazo máximo de seis (6) meses, desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, y surgirá efecto desde el día siguiente a su publicación.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Impreso de solicitud de idoneidad


 

 

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites