Convocatoria para el año 2018, de las subvenciones para la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores y trabajadoras desempleadas, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi.

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la regulación, para el año 2018, de las ayudas destinadas a la financiación de la oferta formativa dirigida a los trabajadores y trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, con compromiso de contratación.

Dotación presupuestaria

3.000.000 euros

Prestación económica

El procedimiento de concesión será de concurrencia sucesiva. Una vez comprobado que las solicitudes cumplen con los requisitos exigidos en esta convocatoria, se concederán ordenadamente, en función del momento en que el expediente esté completo, hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria prevista para estas actuaciones en el apartado a) del artículo 1.4 de esta convocatoria. Agotada la dotación presupuestaria inicial y su posible ampliación, se denegarán las solicitudes pendientes y se procederá a la publicación de esta circunstancia en el BOPV mediante resolución del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Forma de pago:

La subvención concedida será abonada en dos pagos:

  • a)Un primer pago, del 50%, una vez comprobado por Lanbide el inicio de la acción formativa subvencionada
  • b) Un segundo pago, por el resto, hasta el 50%, se abonará en el ejercicio 2019, tras la finalización de la acción formativa, una vez justificada, presentados los contratos y liquidada la misma.

A quién va dirigido


Empresas

Requisitos:

  • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Centros de formación

Requisitos

  • Haber constatado, con carácter previo a la solicitud de subvención, la insuficiencia de personas desempleadas con la formación que se pretende impartir en la acción con compromiso de contratación.

  • Disposición de los medios personales y materiales

  • Acreditar los compromisos de contratación

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de mínimis.

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00).

  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Información de contacto


  • Servicio de Atención a Entidades y Empresas 945 160 601

Código

10399

Solicitud y aportación de documentación


Junto con la solicitud de subvención se aportará la siguiente documentación:

  • Declaración responsable del representante legal de la empresa/entidad sobre la disposición de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo el plan de formación.
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa/entidad.
  • Documento relativo al compromiso de contratación.
  • Memoria del proyecto formativo
  • Informe expedido por la Oficina de Empleo relativo a la insuficiencia de personas inscritas

Aquellas entidades o empresas que no tengan acceso a esta aplicación podrán solicitarlo a través de la página web de Lanbide

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de cuatro meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites