Subvenciones a programas destinados al fomento de las artes escénicas. Formación danza (2018).

[ARTES ESCÉNICAS - FORMACIÓN (DANZA)]

Descripción


Objeto

Regular y convocar las condiciones de concesión de subvenciones a programas y actividades de formación, promoción o exhibición destinados al fomento de las artes escénicas y que se realicen durante el ejercicio 2018.

Áreas subvencionables

Las ayudas previstas en este capítulo van dirigidas a apoyar actividades de formación permanente y apoyo dirigidas a los profesionales de la danza que se realicen durante el ejercicio 2018.

Las actividades concretas que contempla esta modalidad son las siguientes:

  • Cursos o talleres de formación permanente dirigidos expresamente a profesionales de la danza.
  • Actividades de apoyo a la creación y producción profesional, tales como residencias artísticas, apoyo administrativo, técnico o a la difusión. Estas actividades deberán prestar servicio y contar con el aval expreso de al menos dos compañías profesionales de danza.

Quedan expresamente excluidas las siguientes actividades:

  • Práctica o formación de danza como actividad de ocio.
  • Cursos de carácter específicamente pre–profesional, sean estos reglados o no reglados.

En estos dos últimos casos, independientemente del nivel, estilo o formato de los cursos.

Dotación presupuestaria

70.000

Prestación económica

La subvención máxima a otorgar a un beneficiario no podrá sobrepasar la cantidad de 20.000 euros.

Forma de pago:

  • El 75% de la cuantía subvencionada se hará efectivo una vez dictada la Resolución de adjudicación.
  • El pago del 25% restante previa justificación de la actividad subvencionada.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Identidad de la persona física
  • Tener residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Acreditación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Personas Jurídicas Privadas

Requisitos:

  • Estar legalmente constituida
  • Tener suficiente poder de representación
  • Que la sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Acreditación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
  • Tener un objeto o fin social acorde con actividades de danza.

Requisitos

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • No podrán acceder a las subvenciones las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Realizar la descripción técnica del proyecto

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Cultura

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0095108

Solicitud y aportación de documentación


Las personas jurídicas deberán presentar las solicitudes de forma electrónica.
Las personas físicas, en su nombre o en representación de la entidad solicitante, pueden utilizar el "Juego de Barcos", nueva herramienta más sencilla y usable que otros medios de firma electrónica.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario de solicitud (sólo personas físicas)

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario, en el caso de cuentas bancarias en entidades adheridas a la pasarela de validación de datos bancarios.

  • Seleccionar  este formulario en el caso de pagos  nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Justificación


Las personas beneficiarias deberán presentar una vez finalizada la actividad correspondiente, en todo caso antes del 30 de noviembre de 2018, la justificación.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites