Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

2017. Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para actividades de voluntariado ambiental.

[volamb]

Descripción


Objeto

La presente convocatoria establece las bases reguladoras y convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado ambiental, a las que podrán acogerse las entidades privadas sin ánimo de lucro.

Las actividades deberán llevarse a cabo desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018, proyectos de voluntariado ambiental en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria

120.000 (euro)

Prestación en forma de servicios

La cuantía de la subvención será como máximo del 100% de las partidas de gasto aceptadas conforme a lo establecido en el artículo 9 y no podrá exceder de la cantidad de 20.000 euros por proyecto.

Forma de pago:

1.- El 50% del importe de la subvención concedida se hará efectivo una vez aceptada la ayuda, conforme a lo establecido en el artículo 20.1. Este pago anticipado quedará suspendido en el caso de que la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi tenga conocimiento de que la entidad beneficiaria tiene alguna deuda que, por embargo judicial u otro motivo, haya que atender, en cuyo caso se pagará el importe total de la subvención, si procede, una vez presentada la justificación.

2.- El pago del 50% restante del importe quedará condicionado a la presentación por la entidad beneficiaria de la justificación de la subvención, en los plazos que se indican en el artículo 19.

Información adicional

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos:

  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  • Acreditar suficiente poder de representación.
  • Acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el Registro correspondiente.

Requisitos generales

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • Presupuesto del proyecto.

  • Acreditar el régimen del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

  • Descripción técnica del proyecto presentado.

  • No estar percibiendo subvenciones para la misma finalidad con cargo a las dotaciones presupuestarias del departamento de Medio Ambiente y Política Territorial .

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda > Consejero/a de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda

Organismo que resuelve

  • Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda > Viceconsejería de Medio Ambiente

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0262304

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde la publicación de la normativa en el BOPV

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites