Premios al Turismo Vasco - Convocatoria 2017
[Premios Turismo Vasco 2017]
- Estado:
Descripción
Objeto
Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2016 de los premios previstos en la Orden de 7 de mayo de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regulan los Premios al Turismo Vasco.
Prestación económica
Los premios que se otorgan no conllevan una asignación económica.
Se otorgarán 3 premios, uno por cada una de las siguientes categorías:
- Impulso a la innovación.
- Competitividad en su sector de actividad.
- Trayectoria profesional.
En cada uno de los ámbitos citados, se establecerá una mención o reconocimiento público del que las personas o entidades galardonadas podrán hacer mención expresa en los impresos de carácter profesional, así como exponerla públicamente en su empresa.
Los premios que se otorgan no conllevan una asignación económica.
Se otorgarán 3 premios, uno por cada una de las siguientes categorías:
- Impulso a la innovación.
- Competitividad en su sector de actividad.
- Trayectoria profesional.
En cada uno de los ámbitos citados, se establecerá una mención o reconocimiento público del que las personas o entidades galardonadas podrán hacer mención expresa en los impresos de carácter profesional, así como exponerla públicamente en su empresa.
A quién va dirigido
Personas (físicas o jurídicas), Ayuntamientos y Entidades Profesionales, corporativas o gremiales, tanto públicas como privadas.
Requisitos
-
Documentación a presentar | Requisitos:
Memoria en la que se aporte información suficiente y razonada de la candidatura presentada
Podrán ser beneficiarias aquellas personas, físicas o jurídicas, directivas o gestoras de algún tipo de actividad económica relacionada con el sector turístico en la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellos ayuntamientos, entidades profesionales, corporativas o gremiales, tanto públicas como privadas, cuyo ámbito de actuación se sitúe, así mismo, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Turismo y Hostelería
Organismo que resuelve
- Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Turismo y Hostelería
Información de contacto
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 70 55
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno. 94 403 14 81
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 San Sebastián
Tfno. 943 02 25 64
Dirección de Turismo
c/ Donostia – San Sebastian 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 99 84
Solicitud y aportación de documentación
Plazo de solicitudes: Del 14 de setiembre al 13 de octubre de 2017.
Documentación general
Las candidaturas y demás documentación complementaria deberán dirigirse a la Dirección de Turismo y Hostelería del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, presentándolas en las correspondientes Oficinas Territoriales de cada Territorio Histórico o en los lugares especificados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 70 55
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno. 94 403 14 81
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 San Sebastián
Tfno. 943 02 25 64
Dirección de Turismo
c/ Donostia – San Sebastian 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 99 84
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Documentación a presentar | Requisitos:
Memoria en la que se aporte información suficiente y razonada de la candidatura presentada
Podrán ser beneficiarias aquellas personas, físicas o jurídicas, directivas o gestoras de algún tipo de actividad económica relacionada con el sector turístico en la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellos ayuntamientos, entidades profesionales, corporativas o gremiales, tanto públicas como privadas, cuyo ámbito de actuación se sitúe, así mismo, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Para realizar la solicitud, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud, y toda la documentación, en los lugares de presentación señalados.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.