HEZIBI-Centros de Formación. 2015.Orden conjunta de 3 de octubre de 2012 de las Consejeras de Educación, Universidades e Investigación, y de Empleo y Asuntos Sociales y por la que se establecen las bases reguladoras del programa HEZIBI de formación y trabajo en alternancia para jóvenes
[HEZIBI-centros_2015]
- Organismo:
- Empleo y Políticas Sociales Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Establecer las bases reguladoras del programa HEZIBI de Formación y Trabajo, desarrollando un modelo de formación profesional en alternancia, dirigido a estudiantes de formación profesional inscritos como desempleados y a personas jóvenes desempleadas con el objetivo de mejorar sus competencias profesionales mediante la obtención de un certificado de profesionalidad o título de formación profesional inicial en régimen de alternancia con la actividad laboral retribuida en la empresa, contribuyendo a ajustar las necesidades de las empresas con las competencias adquiridas por los trabajadores y trabajadoras.
Dotación presupuestaria
400.000 eurosLas solicitudes que reúnan los requisitos se resolverán a medida que el expediente se complete hasta el agotamiento de los recursos económicos.
Las solicitudes de ayudas que no hayan podido ser atendidas con los créditos presupuestarios del ejercicio 2015, podrán imputarse a los créditos presupuestarios de 2016, sin necesidad de presentación de nueva solicitud, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ORDEN de 10 de diciembre de 2014 para la obtención de las ayudas.
La aprobación de un proyecto formativo en alternancia con el empleo dirigido a la obtención de un certificado de profesionalidad, dará lugar a la concesión de una subvención al centro de formación de 400 € por cada persona alumna al objeto de financiar las actividades de intermediación, gestión y tutorías.
La subvención concedida para la impartición de la acción formativa asociada al certificado de profesionalidad se abonará tras su concesión en un único pago con cargo a la dotación presupuestaria destinada a este programa del ejercicio corriente en el cual tenga lugar la aprobación del proyecto de formación en alternancia.
A quién va dirigido
Que impartan formación acreditable financiada con fondos públicos de Lanbide-SVE, del Servicio Público de Empleo Estatal o formación acreditable de iniciativa privada autorizada por Lanbide-SVE.
Requisitos:- Proyecto formativo
Requisitos
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Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.
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No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
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No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
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Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00).
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito. Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
- Para poder impartir la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje los centros formativos deberán, de acuerdo con la normativa de aplicación al efecto, estar autorizados para impartir las enseñanzas de formación profesional o acreditados para impartir la formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad y participar en la programación anual de formación para el empleo dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad
- La solicitud recogerá toda la información relacionada con la impartición de la formación en alternancia con el empleo, los calendarios de formación y laborales que se proponen y se acompañará del compromiso de contratación a realizar por las empresas participantes, de acuerdo con el Anexo II.
- Disponer de un Proyecto Formativo aprobado por el Lanbide para impartir un certificado de profesionalidad en alternancia con el empleo modalidad Hezibi .
- La formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje deberá ser impartida directamente por un centro de formación profesional de aquéllos a los que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación profesional, modificada por la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, radicado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Empleo y Políticas Sociales > Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE)
Información de contacto
- TH Álava-Araba: Pedro Lasagabaster 945 181 380
- TH Bizkaia: Carmen Mateos 944 985 710
- TH Gipuzkoa: Elena Odriozola 943 596 202
Solicitud y aportación de documentación
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Estimatorios