11. Sistema integrado de Formación Profesional del País Vasco (Dispositivo de Reconocimiento de la Competencia).

Actuación finalizada
IDENTIFICACION

Objetivos

  • Incrementar la competencia profesional de las personas.
  • Interrelacionar los subsistemas de Formación Profesional.
  • Responder con eficacia a las demandas del mercado laboral.
  • Posibilitar itinerarios más adecuados a las necesidades e intereses de las personas.
  • Incorporar el reconocimiento de la experiencia laboral y de la formación no formal.
  • Transformar la operativa de gestión para la evaluación y el reconocimiento de competencias profesionales buscando una mayor coordinación y eficacia.

Antecedentes

Actuaciones de la Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la Formación Profesional, dependiente del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación en la comparecencia de 10 de junio de 2009 ante la Comisión de Educación del Parlamento Vasco para informar sobre la política y las actuaciones a desarrollar durante la Legislatura anunció la puesta en marcha de esta actuación.

Departamento

Educación, Política Lingüística y Cultura; Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza

Departamentos implicados

- Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

- Departamento de Empleo y Asuntos sociales.

Participación de los Agentes Sociales

Se articulará la participación de los agentes sociales a través del Consejo Vasco de Formación Profesional, en cuanto órgano de participación institucional y social en materia de Formación Profesional. Este Consejo, asimismo, desarrollará el seguimiento de las acciones derivadas del Sistema Integrado.

Este foro estable y formal no excluye la apertura de cauces que permitan a otros colectivos profesionales, sociales y ciudadanía en general formular propuestas para su análisis y toma en consideración ya sea en el Consejo Vasco de Formación Profesional, ya sea por los órganos competentes de la Administración de la CAE

Impactos

Impacto normativo

Se considera que existirá la necesidad de regular normativamente:

  • El Dispositivo de Evaluación, Reconocimiento, Certificación y Registro de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  • La regulación de la Comisión Interdepartamental encargada de llevar a efecto el Reconocimiento de las Competencias Profesionales (sustituyendo a la actual Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la Formación Profesional).
Impacto organizativo

Se contempla la creación de una Comision Interdepartamental (formada paritariamente por los departamentos competentes en materia educativa y laboral) encargada de poner en funcionamiento un sistema integrado de formación profesional y como parte de este sistema integrado el Dispositivo de Reconocimiento de las Competencias Profesionales. Esta entidad, a la que se asignará la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación mancomunada sustituirá a la actual Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la Formación Profesional.

Se establecerán fórmulas para que esta entidad tenga un vínculo mancomunado con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación y el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales.

Impacto presupuestario y financiero

La actuación se deberá materializar con presupuesto ordinario.

Impacto en otras actuaciones

A partir del Consejo Vasco de Formación Profesional se establecerá un primer nivel de contacto tanto con los Departamentos presentes en este órgano, como con las Instituciones forales y los y las Agentes con representación.

A nivel de Gobierno Vasco se fijará un marco de relación interdepartamental para conocer las actuaciones en marcha o previstas que pudieran incidir en los objetivos descritos. Del resultado de esta relación cabe que surja la necesidad de un contacto a dos bandas con Departamentos concretos, aún sin determinar.

En cualquier caso, el contacto e interrelación con el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales de forma bilateral se mantendrá de forma permanente a lo largo de toda la tramitación de las normas mediante las que se articule la actuación.

Impacto en las relaciones institucionales

Se prevé un seguimiento permanente de la actuación de los órganos competentes de la Administración del Estado, estableciéndose, si fuera necesario, los contactos que se estimen oportunos.

Plazo previsto para la ejecución de la actuación

Una vez aprobadas las normas para articular la actuación, ésta se desarrollará durante toda la Legislatura.
AVANCE Y SEGUIMIENTO

Fases Completadas

FasesFecha de inicioFecha de finEstado
Fase de diseño.01/01/201030/06/2011Finalizado
Fase de desarrollo.30/06/201101/05/2013Finalizado
Actuación finalizada.01/05/201315/05/2013Finalizado
EVALUACION

Evaluación ex-post

Fecha de evaluación: 31/12/2013

Resumen de la evaluación

Además de la consiguiente evaluación expost, se prevé un proceso constante de evaluación del desarrollo del dispositivo. Se evaluará tanto la marcha general del dispositivo como de cada una de las convocatorias que se realicen.

Fecha de la última modificación: 05/10/2016