Departamento de Cultura y Política Lingüística

Subvenciones para la implantación y/o desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi 2016

[nuevas_tecnologias]

Descripción


Objeto

La presente Orden regula, para el ejercicio 2016, la concesión de subvenciones para la implantación y/o desarrollo de nuevas tecnologías en las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi a Ayuntamientos y Entidades Locales competentes o con funciones atribuidas en materia de bibliotecas públicas municipales.

Dotación presupuestaria

350.000,00 ?
Prestación económica

La dotación económica de la convocatoria se distribuirá entre todas las entidades solicitantes que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en la presente Orden para el acceso a las ayudas.

La cantidad a recibir como subvención no podrá superar el 90% del importe del gasto solicitado, sin que en ningún caso pueda superar el importe de los 100.000,00 euros por entidad beneficiaria.

 

Forma de pago:

Pago único una vez justificada la subvención.

A quién va dirigido


  • Ayuntamientos de la CAPV
  • Entidades locales información detallada

    Entidades locales con competencias en materia de bibliotecas.

    Requisitos:
    • Acreditar que en su objeto se engloba la gestión común de la competencia o del servicio de biblioteca pública. En caso de que dicho documento esté en poder del Gobierno Vasco no será necesario aportarlo nuevamente y deberá indicar en qué órgano se halla o en qué procedimiento se presentó.
  • Requisitos

    • Presupuestos de las empresas suministradoras de los bienes o instalaciones acreditativos del costo previsto de las actuaciones. | Junto a solicitud se deberan presentar presupuestos de las empresas suministradoras de los bienes o instalaciones acreditativos del costo previsto de las actuaciones.
    • Si se tratase de actuaciones que formen parte de un proyecto de inversión con un marco temporal de implantación que rebase el ejercicio presente, será necesario justificar su carácter individualizable y la posibilidad de su uso independiente y de la determinación de su coste individualizado. En tal caso la solicitud se circunscribirá a dichas actuaciones. | Junto a solicitud presentar memoria suscrita por personal técnico responsable de la entidad solicitante en la que se relacionen las actuaciones subvencionables que se hubieran materializado y/o se pretendan materializar en el ejercicio 2016, con indicación de los objetivos a satisfacer con su adquisición y/o instalación, y justificación de su necesidad.
    • Junto a solicitud presentar memoria suscrita por personal técnico responsable de la entidad solicitante en la que se relacionen las actuaciones subvencionables que se hubieran materializado y/o se pretendan materializar en el presente ejercicio, con indicación de los objetivos a satisfacer con su adquisición y/o instalación, y justificación de su necesidad. | Junto a solicitud presentar memoria suscrita por personal técnico responsable de la entidad solicitante en la que se relacionen las actuaciones subvencionables que se hubieran materializado y/o se pretendan materializar en el ejercicio 2016, con indicación de los objetivos a satisfacer con su adquisición y/o instalación, y justificación de su necesidad.
    • Si se tratase de actuaciones que formen parte de un proyecto de inversión con un marco temporal de implantación que rebase el ejercicio presente, será necesario justificar su carácter individualizable y la posibilidad de su uso independiente y de la determinación de su coste individualizado. En tal caso la solicitud se circunscribirá a dichas actuaciones. | Si se tratase de actuaciones que formen parte de un proyecto de inversión con un marco temporal de implantación que rebase el ejercicio 2016, será necesario justificar su carácter individualizable y la posibilidad de su uso independiente y de la determinación de su coste individualizado. En tal caso la solicitud se circunscribirá a dichas actuaciones.
    • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

    • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

    • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

    • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00).

    Organismos


    Organismo que convoca

    • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural

    Organismo que resuelve

    • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural

    Información de contacto


    Servicio de Bibliotecas: 945 01 95 25

    Zuzenean: 012

    Código

    W85B_LTB_2016

    Solicitud


    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar lo resuelto a los interesados será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden.

    Tipo de concesión de la ayuda

    No concursal

    Efectos del silencio

    Desestimatorios

    Justificación