Departamento de Cultura y Política Lingüística

Subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria EUSKALGINTZA 2013).

RESUMEN
Título:
Subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria EUSKALGINTZA 2013).
Objeto:

Regular y convocar para el ejercicio 2013 la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas privadas que desarrollan una labor de promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria Euskalgintza).

Dotación presupuestaria:

979.200 euros

Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN de 2 de mayo de 2013. (BOPV N 85/2013)

    El artículo 10 del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asignó al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, entre otras, las relativas a la política lingüística y a la promoción del euskera.

    Por otro lado, el artículo 14.2.e) del Decreto 45/2011, de 22 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura (BOPV de 25 de marzo, n.º 59), asigna el siguiente cometido a la Viceconsejería de Política Lingüística: velar por el adecuado desarrollo y aplicación de la Ley 10/1982, Básica de Normalización del Uso del Euskera y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de las funciones que en tal sentido tengan específicamente asignados otros órganos administrativos.

    Asimismo, la Viceconsejería de Política Lingüística asume las líneas de prioridad para la política lingüística de principios del siglo XXI formuladas por el Consejo Asesor del Euskera, recogidas en la publicación «Euskara 21. Hacia un Pacto Renovado». Dicho Consejo aprobó en julio de 2012 el Plan de Acción para la Promoción del Euskera (ESEP), el cual elabora las líneas prioritarias recogidas en «Euskara 21. Hacia un pacto renovado», adaptándolas de forma que se puedan llevar a la práctica.

    En cumplimiento del cometido que tiene asignado, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura ha convocado y resuelto anualmente diversas órdenes de subvención sectoriales. Así, mediante la presente Orden, ha acordado convocar la convocatoria correspondiente a 2013 por la que se regula la concesión de subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Educación, Política Lingüística y Cultura
Órgano convocante:
Viceconsejería de Política Lingüística
Entidad resolutora:
Viceconsejería de Política Lingüística
Órgano resolutor:
Dirección de Promoción del Euskera
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria EUSKALGINTZA 2013).

Regular y convocar para el ejercicio 2013 la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas privadas que desarrollan una labor de promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria Euskalgintza).

1.- Estos son los proyectos subvencionables:

a) Proyectos destinados a promocionar y consolidar el uso del euskera en las actividades de los grupos de tiempo libre: formación y elaboración de materiales dirigidos a los monitores y monitoras; desarrollo de actividades ajenas al horario escolar.

b) Proyectos que tienen por objeto impulsar y promover el uso del euskera, tanto oral como escrito, en las relaciones sociales, desde la perspectiva que supone el salto del conocimiento de la lengua a su uso habitual. Se priorizarán determinados grupos sociales: infancia y juventud, euskaldun berris.

c) Proyectos destinados a intensificar, promover y fortalecer el uso del euskera en las actividades deportivas de tiempo libre de niños, niñas y jóvenes.

d) Proyectos destinados al acercamiento de personas vascas no vascohablantes (erdaldunes) al euskera, así como aquellos que tienen por objeto dar a conocer a dichas personas las actividades creadas y realizadas en euskera.

e) Proyectos cuyo objeto sea recopilar, salvaguardar o digitalizar y difundir información relativa al patrimonio del euskera.

f) Jornadas destinadas a analizar diferentes aspectos relacionados directamente con el euskera.

g) Proyectos dirigidos a homenajear a personas y colectivos por su trabajo a favor del euskera.

h) Proyectos cuyo objeto sea la consolidación de la transmisión del euskera en el ámbito familiar.

i) Proyectos destinados a incentivar el hábito de la lectura en euskera: actividades dirigidas a desarrollar la destreza lecto-escritora, premios, concursos, encuentros entre escritores y escritoras, con lectores y lectoras, y guías literarias.

j) Proyectos destinados a promocionar la creación cultural en euskera relacionados con las mujeres: conferencias, exposiciones y talleres.

k) Iniciativas destinadas a la promoción de actividades y proyectos orientados al fomento del uso del euskera entre la población inmigrante.

l) Proyectos destinados a impulsar y proteger aportaciones de calidad elaboradas y difundidas en euskera, según parámetros de excelencia.

m) Juguetes, juegos y pasatiempos realizados en euskera.

2.- De todos modos, no podrán acogerse a la presente modalidad de subvención, y quedarán, por tanto, excluidos, los siguientes proyectos:

a) Aquellos juguetes, juegos y pasatiempos que tienen ubicación propia en la modalidad de ayudas IKT.

b) En el caso de proyectos dirigidos a aumentar el uso del euskera en el tiempo libre y en las relaciones sociales, actividades que no estén directamente relacionadas con el objeto (por ejemplo, actuaciones musicales, conciertos y sesiones de baile).

c) En el caso de proyectos dirigidos a incentivar el hábito de la lectura en euskera, las revistas, los suplementos de revistas y los proyectos que, en función de su naturaleza, tienen ubicación propia en otras convocatorias de la Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

d) Proyectos que estén directamente relacionados con ferias del libro y estrategias de participación en aquellas.

e) Publicaciones cuyo contenido está relacionado directa o indirectamente con la actividad habitual o la producción de la empresa o asociación, así como los gastos no generados directamente por la utilización del euskera.

f) Proyectos destinados al fomento de medios de comunicación.

g) Proyectos que, a pesar de poder acogerse a esta modalidad de ayudas, hayan recibido alguna subvención mediante otras modalidades de ayudas de la Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco en 2013.

h) Proyectos destinados a desarrollar materiales didácticos impresos, audiovisuales o electrónicos que, siendo de aplicación en regímenes generales o especiales, tengan relación directa o indirecta con el plan de estudios o con el currículo escolar.

i) Proyectos y actividades que, teniendo como objeto la promoción del uso del euskera en la infancia y en la juventud, no se desarrollen fuera del horario escolar.

j) Libros electrónicos (E-book).

k) Métodos para el aprendizaje del euskera.

l) Proyectos cuyo objeto sea la promoción o desarrollo del uso del euskera en el ámbito laboral.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y desarrollen los proyectos que se mencionan en el artículo 5 de esta Orden.

Requisitos de los beneficiarios:

Solamente podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen durante el año 2013. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados y/o presentados públicamente antes del 31 de diciembre de 2013.

No obstante, quedan excluidas:

a) Las solicitudes formuladas por entidades privadas de capital mayoritariamente público y aquellas cuyo patrimonio fundacional o cuya participación en los órganos de gobierno o dirección sea mayoritariamente pública.

b) Las beneficiarias de la convocatoria correspondiente a 2013 de ayudas a la normalización lingüística desarrollada al amparo del convenio marco suscrito entre la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco y Euskararen Erakunde Publikoa / Office Public de la Langue Basque.

2.- La concesión y, en su caso, el pago de la subvención quedará condicionada a la finalización de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

3.- No podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones aquellas personas físicas o jurídicas privadas que se hallan sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o están incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

4.- Quedan excluidas de esta convocatoria aquellas entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales siguientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99); Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00) y Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00), que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes.

5.- En el caso de proyectos que se desarrollen conjuntamente por más de una persona física o jurídica privada, la solicitud deberá hacerla tan solo una de dichas personas.

6.- Para resolver la convocatoria y poder efectuar los pagos en caso de resolución concesoria, la solicitante deberá estar dada de alta en el Registro de Terceros del Departamento de Hacienda y Finanzas.

PRESTACIÓN
Dotación:

979.200 euros

Límite:

La subvención adjudicada a cada proyecto no superará el importe solicitado a la Viceconsejería de Política Lingüística. No obstante, no será superior a 30.000 euros ni inferior a 2.000 euros. No se concederán importes inferiores a dicha cantidad. Consecuentemente, todo proyecto que se encuentre en esta situación quedará excluido de la subvención. En cualquier caso, aquel proyecto que no obtenga 28 puntos en el criterio indicado en el apartado a) del artículo 13.1 de esta Orden no podrá percibir una subvención superior a 20.000 euros.

Forma de pago:

El pago de las subvenciones se realizará en dos partes:

a) En el primer pago se abonará el 65% de la subvención total, en el plazo de dos meses a partir del día de recepción del impreso de aceptación.

b) En el segundo pago, si así procede, se abonará el 35% restante en el plazo de un mes a partir del día que se reciba y se apruebe la documentación completa para la justificación de la subvención.

Este segundo pago se realizará en el año 2014.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
De Solicitud y Aportación de Documentación
De Solicitud y Aportación de Documentación:
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación" es el que inicia el procedimiento. Para ello, la persona interesada debe presentar los formularios de solicitud correctamente cumplimentados dentro del plazo indicado para la presentación de solicitudes.
Presencial
Formularios:
Solicitud (Solicitud)

Subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Euskalgintza)

Información relativa al proyecto (Solicitud)

Información relativa al proyecto objeto de subvención (Euskalgintza)

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud electrónica

Subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Euskalgintza)

En este apartado se le facilita el formulario para el próximo trámite que ha de realizar, siempre que haya escogido continuar el procedimiento por el canal electrónico. Dichos trámites se realizan a través de "Mis gestiones" previa identificación con un certificado electrónico.

 Información relativa al proyecto objeto de subvención (pdf, 452Kb)



Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Justificación de la subvención
Justificación de la subvención:
Justificación de la subvención adjudicada mediante la convocatoria una vez realizada la actividad.
Presencial
Formularios:
Autoevaluación (Doc. Ayuda)

Autoevaluación relativa a la actividad realizada y a los resultados obtenidos (Euskalgintza)

Balance económico definitivo (Doc. Ayuda)

Balance económico definitivo del proyecto subvencionado (Euskalgintza)

Relación de justificantes de gasto (Doc. Ayuda)

Relación de justificantes de gasto relativos al proyecto subvencionado

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Justificación electrónica

Justificación de la subvención: informar acerca de la actividad subvencionada una vez realizada. Si ha optado por el canal electrónico, las gestiones se llevarán a cabo en el el portal "Mis gestiones", una vez identificado mediante certificado electrónico.

A continuación se recogen algunos anexos que pueden resultarle de utilidad:

Autoevaluación relativa a la actividad realizada y a los resultados obtenidos (pdf, 445 Kb)

Balance económico definitivo del proyecto subvencionado (pdf, 444 Kb)

Relación de justificantes de gasto relativos al proyecto subvencionado (xls, 33 Kb)



Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
07/05/2013 - 06/06/2013
Fecha límite de presentación:

6 de junio de 2013

Plazo de resolución:

6 meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejero/a de Educación, Política Lingüística y Cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejero/a de Educación, Política Lingüística y Cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.